La Resolución de Urgencia núm. 001-2025, de 2025-10-20, autoriza tramitar por urgencia la reparación y adquisición de la pieza del amplificador RF para el resonador magnético Philips 1.5 T, cuya inoperatividad presenta como una afectación a la atención médica. Autoriza al Comité de Compras y Contrataciones a gestionar el procedimiento, dispone convocar públicamente y ordena remitir un informe a la Contraloría General y a la Cámara de Cuentas; el monto estimado del proceso según el portal es RD$8,900,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución afirma que la licitación pública tomaría aproximadamente seis meses y usa esa estimación para justificar la urgencia. El reglamento fija un mínimo de 30 días hábiles para convocar una licitación pública nacional, pero ese mínimo no determina la duración total del proceso; conviene verificar el cálculo y su fundamento para este objeto.
“Que, por el monto estimado para la reparación y adquisición de pieza de amplificador RF del resonador magnético marca Philips 1.5 T, corresponde según el umbral emitido por la Dirección General de Contrataciones Publicas para el año 2025, a”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 53 · Reglamento 416-23, art. 96 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia
Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…
Reglamento 416-23, artículo 96 — Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales
Artículo 96. Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas nacionales deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse en un mínimo de dos (2) periódicos de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos. 3. Publicarse con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de oferta.
La resolución fija 15 días calendario desde la conclusión del procedimiento para remitir el informe. El artículo 151 del Reglamento 416-23 establece 15 días hábiles desde que se satisface la necesidad; la diferencia de unidad y del hecho que inicia el cómputo amerita verificar cómo se aplicó el plazo.
“QUINTO: REMITIR por parte de la Entidad Contratante a la Contraloría General de la Republica y a la Cámara de Cuentas en un plazo de 15 dias calendarios, contados a partir de concluido el procedimiento de urgencia, un informe detallado, ane”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 151 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 151 — Informe de rendición de cuentas
Artículo 151. Informe de rendición de cuentas. En los procedimientos de excepción por seguridad nacional, emergencia nacional y urgencia, una vez satisfecha la necesidad, la máxima autoridad ejecutiva remitirá un informe motivado sobre todas las contrataciones realizadas y el gasto público vinculado, a la Cámara de Cuentas y a la Contraloría General de la República, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles. En los casos de seguridad nacional, este informe también deberá ser remitido al presidente de la República.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
001-HRJMCB.D.07 PLIEGO DE CONDICIONES REPARACION DE RESONADOR.pdf