Modalidad aprobada para un objeto mixto y monto superior al umbral de bienes y servicios
· hace 11 meses
El acta aprueba comparación de precios por RD$7,063,964.93 para una contratación que comprende readecuación y adquisición de mobiliario. En 2025, el umbral de licitación pública para bienes y servicios empieza en RD$6,272,014.16 y el máximo de comparación de precios es RD$5,644,812.73; como el portal clasifica el objeto como “Obras / No especificado”, corresponde verificar cómo se determinó la categoría aplicable al proceso mixto y a sus lotes.
“APRUEBA, la celebración del proceso de Comparación de Precios denominado: CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA READECUACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN LOCAL SANTO DOMINGO ESTE Y ADQUISICIÓN DE MOBILIARIOS DE ESTE MINISTERIO DIRIGIDO A MIPYMES, p” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · Reglamento 416-23, art. 37 · Reglamento 416-23, art. 42 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 17
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios
Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
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