El acta MAPRE-DAF-CM-2025-0016, fechada el 31 de julio de 2025, adjudica seis proveedores por un total de RD$892,658.86 y declara desiertos varios renglones por incumplimiento de las especificaciones técnicas. La adjudicación se distribuye entre Mundo Industrial, Ramírez & Mojica, Provecom, Litang Investments, Suferdom y Provesol.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (23 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Provecom renglones de materiales ferreteros por RD$240,373.08. La actividad DGII consultada el 2026-10-18 se describe como venta mayorista de equipos informáticos y máquinas electrónicas; es un dato registral posterior y no prueba por sí solo falta de capacidad al ofertar, pero merece verificarse frente a la documentación de capacidad y experiencia del expediente.
“3) Provecom Proveedores Comerciales, SRL”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
El acta adjudica a Provesol RD$30,403.06. El RPE consultado el 2026-10-23 lo muestra inhabilitado; ese estado posterior no demuestra que lo estuviera al adjudicarse, por lo que conviene verificar la fecha y el alcance de la inhabilitación frente a la contratación.
“6) Provesol Proveedores De Soluciones, SRL”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 14
ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona