La Circular No. 1, de fecha 2025-11-13, responde una consulta sobre la evaluación de consorcios en el proceso CEIZTUR-CCC-CP-2025-0042. Aclara que cada integrante debe aportar individualmente su documentación financiera, mientras que la evaluación financiera se realiza conjuntamente, y que la experiencia aportada por los integrantes se valora de forma consolidada.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Evaluación de consorciosDocumentación financiera y experiencia | La consulta pregunta cómo se consideran la documentación financiera y la experiencia de los integrantes; la circular no identifica una regla previa específica. | Cada integrante aporta su documentación financiera; la evaluación financiera se realiza conjuntamente considerando al consorcio como una entidad. La experiencia de sus integrantes se valora de forma consolidada. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona