El CONADIS solicitó el 13 de noviembre de 2025 una propuesta directa a Inmobiliaria Rodriguez & Hijos, SRL, como proveedor único, para alquilar por 33 meses un local de 1,556 m² en la avenida 27 de Febrero núm. 18, destinado a oficinas, almacén y parqueos. La propuesta debía presentarse ese mismo día antes de las 3:00 p. m.; el documento también fija una garantía de fiel cumplimiento calculada sobre los primeros 12 meses y renovable para los períodos siguientes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (3 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud calcula la garantía del 4 % sobre los primeros 12 meses, no sobre el monto total adjudicado. Según el portal y el acta de adjudicación resumida, el contrato es de RD$50,232,485.13 por 33 meses; conviene verificar si las renovaciones mantienen la cobertura exigida sobre el monto de adjudicación, pues el reglamento fija ese monto como base y prevé renovación anual para contratos plurianuales.
“Dicha garantía deberá corresponder al cuatro por ciento (4%) del monto a pagar por los primeros doce (12) meses del contrato, comprendidos entre el 1 de diciembre de 2025 y el 1 de diciembre de 2026.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
La solicitud está fechada el 13 de noviembre y exige entregar la propuesta antes de las 3:00 p. m. de ese mismo día, pese a requerir propuesta técnica, cotización y documentación legal. El plazo tan reducido merece verificarse frente a la exigencia de que los plazos de excepción sean razonables y proporcionales; el carácter directo del procedimiento no elimina esa consideración.
“Su oferta debe ser presentada antes de las 03:00 p.m. del jueves trece (13) del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El documento permite remitir ofertas por correo electrónico además de por el SECP o en soporte físico, sin describir controles de integridad, custodia y confidencialidad para esa vía. Es un aspecto a revisar porque el reglamento establece el SECP como herramienta obligatoria y exige separar las ofertas técnica y económica.
“Su oferta debe ser presentada antes de las 03:00 p.m. del jueves trece (13) del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025) mediante el Sistema Electrónico de Contratación Pública, (SECP- Portal Transaccional), de forma presencial a”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 30 · Reglamento 416-23, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 30 — Del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 30. Del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) es la herramienta tecnológica oficial y de uso obligatorio para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de compra y contratación pública de bienes, servicios y obras, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos u órdenes de compra o de servicios. El SECP es administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas, quien en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas emitirá las políticas, manuales, instructivos, guías y orientaciones para su correcta implementación y…
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Inmobiliaria Rodriguez & Hijos, SRLDestinataria de la solicitud de propuesta para contratación directa bajo la modalidad de proveedor único; este documento no adjudica el contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona