El Acta núm. 0253-2025, de 2025-11-11, aprueba el informe definitivo y adjudica el proceso de publicidad institucional en vallas por tres meses a Brandig Solutions, SRL, por RD$2,389,500, y a Grafosello Dominicana, SRL, por RD$2,867,400. Los montos adjudicados suman RD$5,256,900, igual al monto total de apropiación citado en el acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta está fechada el 11 de noviembre de 2025 y registra que el 7 de noviembre se solicitó la elaboración del acta de adjudicación. Según el portal, ambos contratos figuran activos y confirmados con fecha 2025-11-07, anterior a la adjudicación formal que consigna este documento; conviene verificar las fechas de suscripción y perfeccionamiento.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día once (11) del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025), siendo las ocho y treinta de la mañana (8:30 A.M.), se reunió en el n”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta adjudica a dos sociedades y el portal clasifica el proceso como no dividido en lotes; los montos adjudicados suman exactamente RD$5,256,900, igual a la apropiación citada. Conviene verificar cómo se distribuyeron las prestaciones y qué criterio sustentó asignar RD$477,900 más a Grafosello que a Brandig; esto no permite concluir por sí solo que la distribución sea improcedente.
“1. Brandig Solutios, SRL, por un monto total de dos millones trescientos ochenta y nueve mil quinientos pesos dominicanos con 00/100 centavos (RD$2,389,500.00), con impuestos incluidos. 2. Grafosello Dominicana, SRL, por un monto total de d”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (2)
2 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Brandig Solutions, SRLEl acta indica que su propuesta cumple los requisitos y resulta conveniente a los intereses de la institución.
Adjudicado
—
RD$2,389,500
Grafosello Dominicana, SRLEl acta indica que su propuesta cumple los requisitos y resulta conveniente a los intereses de la institución.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona