miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Informe pericial · Acta CCC-129-2025

06. Acto_de_inicio_PEPU-2025-0014_revf_COMPRAS_11.11_signed.pdf

[PRESENTAR OFERTA SIN ITBIS] Servicio para completar proyectos en curso con personal subcontratado para Desarrollo de Software y Aseguramiento de la Calidad para el Departamento de Tecnología. · Superintendencia de Bancos

Publicado el 11 nov de 2025Fechado el 10 nov de 20255 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SUPBANCO-CCC-PEPU-2025-0014

Lo que dice

El Acto Administrativo CCC-129-2025, fechado el 2025-11-11, aprueba el informe pericial, el pliego y las especificaciones para contratar hasta 19 recursos de desarrollo de software y aseguramiento de calidad mediante excepción por proveedor único. También aprueba el procedimiento y designa tres peritos; consigna una apropiación presupuestaria de RD$14,577,000. No adjudica el contrato: propone a Mediatrix, S.R.L. como proveedor.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentosRD$14.6 millones

Fundamento reproducido no acredita proveedor único

Documento del 11 nov 2025 · hace 11 meses

El acto aprueba la excepción y reproduce como fundamento que la subcontratación es una práctica del sector y que Mediatrix ha demostrado competencias. Esos elementos describen una necesidad y la idoneidad de la empresa, pero el fundamento citado no establece que el servicio sea insustituible o que Mediatrix sea la única opción del mercado; conviene contrastarlo con el informe pericial completo.

“La subcontratación de personal para desarrollo de software es una práctica adoptada por el sector para generar respuesta ágil ante condiciones de mercado que requieran adecuación de sistemas y aplicativos de TI que respondan a las mismas. …”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 50 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa

Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Mediatrix, S.R.L.Los peritos la proponen como proveedor para la renovación y ampliación de servicios; este acto no la adjudica.MencionadoÍtem único—

Cambios que introduce (1)

SecciónAntesDespuésEfecto
Modalidad de selecciónAprobación de excepción por proveedor únicoEl Comité aún no había aprobado el uso de la excepción para este procedimiento.El Comité aprueba el procedimiento de excepción por proveedor único SUPBANCO-CCC-PEPU-2025-0014.Relaja

Otros documentos del proceso (17)

  • 01. Solicitud de Compras-.pdfSolicitud de compra · 11 nov de 2025
  • 02. Certificado de Apropiación Presupuestaria-..pdfCertificación de fondos · 11 nov de 2025
  • 03. Especificaciones_Tecnicas_de_Servicios_Personal_.pdfPliego · 11 nov de 2025 · 3 señales
  • 04. Informe_Pericial_PEPU_Servicios_Personal_.pdfInforme justificativo · 11 nov de 2025
  • 05. Carta de invitación.pdfDocumento · 11 nov de 2025
  • 06. Acto_de_inicio_PEPU-2025-0014_revf_COMPRAS_11.11_signed.pdfPliego · 11 nov de 2025 · 1 señal
  • 06. Acto_de_inicio_PEPU-2025-0014_revf_COMPRAS_11.11_signed.pdfResolución · 11 nov de 2025
  • 07. Pliego de condiciones.pdfPliego · 11 nov de 2025 · 1 señal
  • 08. Formularios del procedimiento.zipDocumento · 11 nov de 2025
  • 15. Acta_de_adjudicacion_PEPU-2025-0014_.pdfActa de adjudicación · 19 nov de 2025 · 2 señales
  • 14. Informe_de_Evaluacion_Tecnica-Economica_PEPU-2025-0014.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Informe de evaluación · —
  • 15. Acta_de_adjudicacion_PEPU-2025-0014_.pdfActa de adjudicación · —
  • 16. Certificacion_de_Cuota_a_Comprometer (4).pdfCertificación de fondos · —
  • 17. Fianza Fiel Cumplimiento de Contrato - 202511.pdfContrato · —
  • 19. CONTRATO MEDIATRIX SRL.pdfContrato · —
  • 21. Orden de Compras OC00001649-1.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —