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Abriendo la ficha…

Enmienda

2da. Enmienda proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0018.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL SEMINARIO NACIONAL EDUCATIVO, JORNADA DE INTEGRACIÓN, RECONOCIMIENTO A COLABORADORES, SEMINARIO INTERNACIONAL DE OPORTUNIDADES PARA EL FUTURO SOSTENIBLE Y SEMINARIO… · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 11 nov de 2025Fechado el 10 nov de 202527 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0018

Lo que dice

La segunda circular modifica las especificaciones técnicas y el cronograma del proceso, y consigna montos referenciales de RD$9,000,000 para el lote I, RD$5,267,500 para el lote II y RD$5,000,000 para cada uno de los lotes III, IV y V, para un total de RD$29,267,500. Fija la recepción de ofertas para el 20 de noviembre de 2025 y la adjudicación para el 12 de diciembre de 2025; la sesión se declara cerrada el 11 de noviembre de 2025. Entre las condiciones que detalla figuran degustaciones no subsanables y especificaciones de sede, mientras que las fechas y horarios de los lotes IV y V quedan por definir.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$35.7 millones

Contratos registrados superan el monto referencial conjunto

Documento del 11 nov 2025 · hace 11 meses

Según el portal, los contratos registrados suman RD$35,716,655, RD$6,449,155 por encima de los RD$29,267,500 que esta circular identifica como monto total referencial. La circular aclara que el monto es no vinculante, por lo que no acredita por sí solo una irregularidad; corresponde conciliar adjudicaciones y contratos por lote y verificar cómo se determinaron los montos finales.

“TOTAL | 29,267,500.00 … El monto de RD$29,267,500.00 (VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS CON 00/100) deberá considerarse únicamente como referencial y no vinculante”
Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$10 millones

Dos lotes sin fecha ni horario definidos

Documento del 11 nov 2025 · hace 11 meses

Los lotes IV y V tienen montos referenciales de RD$5,000,000 cada uno, pero sus fechas y horarios quedan «A definir». La incertidumbre sobre cuándo se prestarán los servicios puede dificultar que los oferentes calculen y comparen sus costos y que luego se verifique el cumplimiento.

“Fechas propuestas: A definir Lugar: Hotel céntrico, ubicado en el Distrito Nacional, fácil acceso y parqueos disponibles. Horario: A definir”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Inconsistencia de capacidad en las especificaciones del lote III

Documento del 11 nov 2025 · hace 11 meses

El lote III se describe para 300 personas, pero sus especificaciones posteriores piden servicios para 400. La diferencia puede afectar el alcance y el costo del servicio; conviene confirmar qué cantidad debía presupuestarse y ejecutarse.

“a efectuarse por 3 días: para trescientas personas (300) personas a celebrarse los días 29, 30 y 31 de julio 2026 … Brindis de bocadillos para 400 personas en bandejas. Mínimo 10 variedades salados y 6 dulces”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Solo cuatro días hábiles tras la última enmienda registrada

Documento del 11 nov 2025 · hace 11 meses

La circular incorpora especificaciones extensas y fija el 14 de noviembre como fecha límite para emitir enmiendas y el 20 de noviembre para presentar ofertas; el portal registra la última enmienda el 14 de noviembre. Quedan cuatro días hábiles para ajustar propuestas a los cambios, plazo que merece revisión por su relación con la complejidad de los servicios.

“3. Plazo para emitir respuesta y adendas/enmiendas por parte del CCC o la DAF | 14 de noviembre de 2025 hasta las 14:27 pm … 4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) | 20 de noviembre de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 18 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 18

ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas

Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…

A revisarHallazgo en documentos

Degustación no subsanable con evaluación parcialmente subjetiva

Documento del 11 nov 2025 · hace 11 meses

La participación exige una degustación no subsanable en el lugar propuesto para el evento y dispone que quien no la realice será descalificado. La evaluación incluye presentación, sabor y frescura, pero el texto no precisa qué resultado mínimo de esos criterios permite cumplir; la combinación puede restringir la participación y deja margen de valoración que conviene verificar.

“DEGUSTACION (No subsanable). El oferente para poder participar en este proceso deberá realizar una degustación con las siguientes condiciones: a) Degustación para (08) personas (No subsanable).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Requisito de hotel cinco estrellas y 300 parqueos gratuitos

Documento del 11 nov 2025 · hace 11 meses

Para los lotes I a III se requiere un hotel de cinco estrellas en el Distrito Nacional y un mínimo de 300 parqueos gratuitos, además de valet parking. La combinación de ubicación, categoría y capacidad puede limitar las sedes disponibles; merece revisión de su justificación y proporcionalidad para cada actividad.

“en un hotel 5 estrellas, ubicado en el Distrito Nacional, confortable, fácil acceso y parqueos gratuitos para 300 vehículos como mínimo, con valet parking.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Oferentes que registra (3)

3 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
P.A. Catering, SRLEl portal registra contrato confirmado por RD$9,396,340.Adjudicado—RD$9,396,340
Jardín Ilusiones, SRLEl portal registra contrato confirmado por RD$4,984,735.Adjudicado—RD$4,984,735
Winpe Group, SRLEl portal registra contrato modificado y confirmado por RD$21,335,580.Adjudicado—RD$21,335,580

Cambios que introduce (2)

SecciónAntesDespuésEfecto
Numeral 3: Especificaciones técnicas del servicioEspecificaciones y montos referenciales por lotesLa versión anterior del numeral no se reproduce en esta circular.Se detallan cinco lotes, con montos referenciales de RD$9,000,000; RD$5,267,500; y RD$5,000,000 para cada uno de los lotes III, IV y V; total RD$29,267,500.Aclara
Numeral 8: Cronograma de actividadesFechas del procedimientoCronograma previo no reproducido en la circular.Ofertas: 20/11/2025 hasta las 10:00; adjudicación: 12/12/2025; notificación: 15/12/2025; contratos: 14/01/2026.Aclara

Otros documentos del proceso (21)

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  • Pubicación periódico EL DIA 02-10-25 LPN-25-0018.pdfDocumento · 3 oct de 2025
  • Pubicación periódico NUEVO DIARIO 01-10-2025 LPN-25-0018.pdfDocumento · 3 oct de 2025
  • Pubicación periódico NUEVO DIARIO 2-10-2025 LPN-25-0018.pdfDocumento · 3 oct de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 3 oct de 2025
  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 3 oct de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 3 oct de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 3 oct de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 3 oct de 2025
  • PLIEGO DE CONDICIONES INAIPI-CCC-LPN-2025-0018.pdfPliego · 3 oct de 2025 · 4 señales
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 3 oct de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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