La Circular núm. 01, fechada el 11 de noviembre de 2025, responde consultas de los interesados en la comparación de precios PROPEEP-CCC-CP-2025-0044. Indica que se prefieren artistas de gran reconocimiento, que los permisos para fuegos artificiales se coordinan con el Ayuntamiento, que las actividades durarán aproximadamente seis horas y que las tarimas tendrán una altura aproximada de cinco pies.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (10 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular expresa una preferencia por artistas de «gran reconocimiento», sin definir cómo se determina ese reconocimiento. La respuesta no afirma que sea un criterio de evaluación; conviene verificar que no se utilice como pauta subjetiva para comparar o adjudicar ofertas.
“Preferiblemente Artistas de gran reconocimiento.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Respuestas a oferentesPreferencia sobre los artistas
La circular no reproduce el texto previo del pliego ni permite determinar qué establecía sobre el reconocimiento de los artistas.
La respuesta indica que se prefieren artistas de gran reconocimiento.
Aclara
Respuestas a oferentesPermisos, duración y altura de tarimas
La circular no reproduce el texto previo del pliego ni permite determinar las condiciones anteriormente previstas.
Indica que los permisos para fuegos artificiales se coordinan con el Ayuntamiento, que las actividades durarán aproximadamente seis horas y que las tarimas tendrán aproximadamente cinco pies de altura.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona