El pliego del proceso CONANI-CCC-CP-2025-0018 establece la contratación, exclusiva para MIPYMES, de servicios de catering a nivel nacional por un presupuesto base de RD$5,000,000.00 y una duración prevista de 12 meses. Fija la recepción de ofertas para el 19 de noviembre de 2025 y dispone que las propuestas económicas indiquen exactamente el monto del presupuesto; además, prevé puntuar muestras y precios unitarios para la evaluación y adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dispone descalificar sin más trámite las ofertas cuyo monto difiera de RD$5,000,000.00, aunque también prevé comparar precios unitarios para asignar puntos económicos. Esta regla restringe la competencia por el monto total y condiciona la comparación económica a una cifra predeterminada.
“LOS OFERENTES DEBEN PRESENTAR EN SU FORMULARIO DE OFERTA ECONÓMICA EL MONTO INDICADO EN EL CUADRO DEL NUMERAL 2. LAS OFERTAS QUE SEA RECIBIDAS POR UN VALOR DISTINTO QUEDAN DESCALIFICADAS SIN MÁS TRÁMITE.”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El pliego exige que la garantía cubra 20 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero también fija su vigencia hasta el 5 de febrero de 2026, fecha límite de suscripción indicada en el cronograma. La segunda fecha no cubre los 20 días adicionales establecidos en la primera condición y puede generar interpretaciones distintas sobre la cobertura exigida.
“Con la finalidad de garantizar que los oferentes y eventuales adjudicatarios no retiren sin causa justificada las ofertas presentadas en el procedimiento de selección y para proteger al Consejo Nacional Para la Niñez y la Adolescencia ante ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El cronograma sitúa la degustación a las 11:00 y la apertura de los sobres técnicos a las 14:30 del mismo día. Al ser las muestras parte de la oferta técnica y objeto de evaluación, esa secuencia amerita verificar cómo se preservaron la confidencialidad, la apertura formal y la igualdad de evaluación.
“La degustación de los alimentos solicitados en sus distintas presentaciones y para un mínimo de 5 personas según las opciones ofertadas. 19 de noviembre del 2025 a partir de las 11:00 0 AM en uno de los salones del CONANI. 6. Apertura del c”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 34 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 34 — Seguridad de la información
Artículo 34. Seguridad de la información. Las medidas de seguridad que posee el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) mantendrán encriptada y protegida la información de las ofertas entregadas vía electrónica, garantizando su confidencialidad e integridad. El contenido de las ofertas no podrá ser conocido por terceros y tampoco por la institución contratante, hasta tanto se cumpla el plazo establecido en el cronograma del procedimiento de selección para su apertura.
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
El pliego exige tres referencias de procesos de la misma naturaleza acompañadas de órdenes de compra o contratos, y evidencia de que los vehículos de traslado pertenecen a la empresa oferente. Conviene revisar la proporcionalidad de exigir varias referencias y propiedad, en vez de admitir alternativas de disponibilidad de transporte, para un proceso reservado a MIPYMES.
“Tres (03) cartas de referencia: De procesos de esta misma naturaleza, las cartas deben estar timbradas y selladas por la entidad a la cual le ha suplido, tener teléfono y/o correo de la persona que firma la misma, además deberán contener el”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La evaluación asigna hasta 60 puntos a calidad nutricional, variedad, sabor, presentación e higiene, con descriptores cualitativos como “atractivo”, “alta calidad” o “higiene adecuada”; el mínimo para habilitar es 50 puntos. La amplitud de esas valoraciones y su peso en el resultado justifican verificar que su aplicación haya sido uniforme y suficientemente objetiva.
“Las muestras serán evaluadas en base a la variedad del menú entregado en la propuesta, el sabor y la presentación. En lo que se refiere al menú, será considerado como obligatorio, contar con balance nutricional y se acreditará la evaluación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación
Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…
En una sección, el servicio y su vigencia se computan desde la notificación del registro del contrato ante la Contraloría; en otra, la vigencia se fija desde la suscripción. La diferencia puede alterar el período efectivo de prestación y requiere aclaración en la formalización contractual.
“El servicio se ejecutará en varias etapas a requerimiento de la institictución conforme a la duración del contrato, el cual tiene un tiempo de vigencia de 12 meses, y a partir de la notificación del registro del contrato ante la Contraloría”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona