La ficha técnica define servicios de publicidad durante un mes en numerosos espacios y soportes, incluidos televisión, radio, prensa, plataformas digitales y vallas, con cantidades de una unidad por descripción. Exige que cada medio entregue un informe con métricas de alcance y evidencia en imágenes; también establece facturación al entregar el servicio, crédito de 45 días y obligaciones vigentes ante DGII, TSS, RPE y Registro Mercantil.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La descripción del proceso en el portal lo presenta como servicio de un medio digital, pero la ficha técnica incluye espacios de televisión y radio, prensa, plataformas digitales y vallas. Conviene verificar que el alcance amplio y heterogéneo estuviera reflejado con claridad en la convocatoria y en la evaluación de la contratación.
“Contratación por excepción para la colocación de publicidad durante un (1) mes en RENTAL VISION, con la colocación de publicidad en valla ubicada en VALLA 27 FEB. ESQ. ISABELA GUIAR.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La ficha exige métricas de alcance y evidencia en imágenes, pero no fija qué métricas deben informarse ni un parámetro para determinar si el alcance reportado resulta conforme. Esto merece revisión como control de verificación del servicio recibido.
“Al finalizar la campaña, cada medio contratado deberá presentar un informe detallado que incluya métricas de alcance y evidencia en imágenes de las piezas colocadas en el medio.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona