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Abriendo la ficha…

Pliego

0005-Ficha tecnica .pdf

Contratación de prestadora de servicios de estrategia de comunicación, colocación de medios, manejo de crisis y servicios afines, (Gobernabilidad Estratégica). · Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental

Publicado el 3 nov de 202530 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DIECOM-CCC-PEOR-2025-0005

Lo que dice

La ficha técnica de octubre de 2025 establece las bases de una contratación por excepción de servicios de estrategia de comunicación, colocación de medios y manejo de crisis, con presupuesto aprobado de RD$245,280,000. Define requisitos técnicos, de experiencia, reputación y solvencia, y plantea adjudicar por calidad-precio; indica seis meses de ejecución, aunque incluye además una vigencia contractual de cuatro meses, discrepancia ya registrada en el proceso.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de trayectoria y equipo pueden limitar sustancialmente la participación

Documento del 3 nov 2025 · hace 11 meses

El pliego exige, entre otros requisitos, 25 años de operación, cinco ejecuciones con el Estado o el Poder Ejecutivo por al menos RD$100 millones, premios y referencias, además de un equipo numeroso con cinco años de vinculación fija. La combinación puede excluir prestadores técnicamente capaces con menor antigüedad o estructuras distintas; corresponde verificar su proporcionalidad respecto del servicio y del monto contratado.

“EEA1.2GE: Presentación del equipo de apoyo (formulario SNCC.D.045). Entre ellos, 10 publicistas, 10 mercadólogos, 2 economistas, 10 diseñadores gráfico, 10 técnicos de medios alternativos (cada uno de ellos con un mínimo de 5 años como” (pág. 21, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones exigen múltiples plataformas y herramientas especializadas

Documento del 3 nov 2025 · hace 11 meses

Para el eje de crisis se requieren, entre otros, software de análisis predictivo, plataformas integrales de gestión, monitoreo en tiempo real y herramientas de participación y evaluación. La acumulación de soluciones tecnológicas específicas dentro de un contrato de comunicación puede restringir la competencia si no está sustentada en estudios de mercado y necesidades funcionales proporcionales; el pliego no identifica marcas, por lo que el punto es verificar el alcance y la neutralidad de las especificaciones.

“Presentación de un software especializado en análisis de riesgos y vulnerabilidades sociales con el cual se pueda evaluar los potenciales riesgos y amenazas que pudieran afectar la gobernabilidad, la sociedad y la estabilidad del país con f” (pág. 19, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

La adjudicación combina calidad-precio con evaluación cumple/no cumple

Documento del 3 nov 2025 · hace 11 meses

El pliego anuncia un sistema de calidad-precio y que la calidad tendrá mayor peso, pero también describe la validación como evaluación absoluta cumple/no cumple, sin precisar en estas reglas cómo se ponderan calidad y precio para comparar las ofertas. La falta de una relación explícita entre esos elementos puede dejar incierta la determinación de la oferta más conveniente.

“La adjudicación es bajo el sistema calidad-precio (adecuación al presupuesto disponible), en conformidad con el artículo 83 del reglamento de aplicación aprobado mediante decreto 416-23 … Los elementos objetivos para evaluar se” (págs. 24-25, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

ContextoHallazgo en documentos

Oferente debe asumir parte de los costos del acta notarial

Documento del 3 nov 2025 · hace 11 meses

La ficha asigna a la empresa ofertante una proporción de los costos del acta de comprobación, pero no indica el importe ni el método de distribución. Al vincular un costo no cuantificado con la comprobación de las propuestas, conviene verificar si opera como un cargo de participación y si fue informado de manera suficiente a todos los interesados.

“La empresa ofertante cubrirá una proporción de los costos del acta de comprobación.” (pág. 25, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 93 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 93 — Acceso y retiro del pliego de condiciones

Artículo 93. Acceso y retiro del pliego de condiciones. Cualquier persona podrá acceder en línea al pliego de condiciones a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y en el portal institucional de la institución contratante. Párrafo I. El pliego de condiciones tiene el carácter de información pública y, por tanto, es gratuito. No obstante, conforme con el artículo 14 de la Ley núm. 200-04, las instituciones contratantes que entreguen ejemplares impresos o en dispositivos electrónicos del pliego de condiciones, podrán requerir el pago de una suma equivalente al costo de reproducción o del dispositivo de entrega de los mismos, lo cual preferiblemente deberá ser…

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Otros documentos del proceso (19)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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