Potencias de la ficha discrepan de la aclaración del proceso
· hace 11 meses
La ficha enumera potencias de 1,000 W, 8,000 W, 500 W y 300 W, mientras que la Circular No. 001 del proceso aclara que la especificación es de 100 W. La diferencia puede dificultar que los oferentes preparen productos comparables y que las muestras se verifiquen con un criterio técnico inequívoco; conviene confirmar si se trata de distintas categorías de lámparas o de una inconsistencia documental.
“Luminarias LEO Tipo Estadio Redondas I 000W., 6000K Efic.90% multivoltage 85-265V. lP65, ó IP66. Difusor de Aluminio. Luminarias LEO Tipo Estadio Redondas 8000W., 6000K Efic.90% multivoltage 85-265V. IP65, ó [P66. Difusor de Aluminio”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
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