El Acta núm. 466-2025, de 2025-10-28, declara desierta la licitación EDESUR-CCC-LPN-2025-0029 para mantenimiento correctivo de generadores eléctricos, cuyo presupuesto estimado era RD$12,000,000.00 con ITBIS incluido. La decisión se basa en que las ofertas habilitadas no cumplieron los requerimientos económicos, y ordena publicar y notificar el acta y realizar una nueva convocatoria.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta enumera seis oferentes recibidos, mientras que los datos del portal suministrados registran además a Construccion Y Soporte Electrico Charles Perez CSECP, SRL con una oferta de RD$12,000,000 y estado «Aprobada». El portal puede estar desactualizado o reflejar otro estado de carga; conviene cotejar el expediente electrónico y la recepción de ofertas para aclarar la diferencia.
“fueron recibidas las propuestas de los siguientes oferentes:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
El acta atribuye el desierto a incumplimientos económicos genéricos y cita el artículo 94 del Reglamento 416-23, relativo a reglas de publicidad y cómputo de plazos. El artículo 136 enumera las condiciones para declarar desierto; el acta remite a un informe económico, por lo que conviene verificar si ese informe identifica una de esas condiciones y sustenta la decisión.
“las propuestas presentadas por los oferentes habilitados NO CUMPLIERON con todos los requerimientos contemplados en el pliego de condiciones y de manera puntual en los requerimientos económicos del proceso”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · Reglamento 416-23, art. 94 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
Reglamento 416-23, artículo 94 — Reglas de publicidad y transparencia de la convocatoria
Artículo 94. Reglas de publicidad y transparencia de la convocatoria. La publicidad de los procedimientos de selección previstos en el presente reglamento deberá ajustarse a las siguientes reglas: 1. Todos los plazos establecidos en el presente reglamento se computarán en días hábiles, salvo que en el mismo se disponga expresamente lo contrario. 2. El plazo entre la fecha de publicación de la convocatoria y la fecha de recepción de ofertas se computará a partir del día hábil inmediato siguiente al de la última publicación de la convocatoria, y el día de antes de la apertura. 3. Cada vez que corresponda cursar invitaciones por cualquier medio, deberá dejarse constancia en el expediente de la…
Grupo Domati Electric, S.R.L.Habilitada para la apertura, lectura y evaluación de la oferta económica en los lotes que cumplió; el proceso terminó desierto.
Habilitado
1, 2 y 3
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Electro Servicios Reyes, S.R.L.Habilitada para la apertura, lectura y evaluación de la oferta económica en los lotes que cumplió; el proceso terminó desierto.
Habilitado
1, 2 y 3
RD$10,081,236
INGNAP Ingeniería Aplicada Group, S.R.L.Habilitada para la apertura, lectura y evaluación de la oferta económica en los lotes que cumplió; el proceso terminó desierto.
Habilitado
1, 2 y 3
RD$3,303,200
Refriasu Logístic And Construction, S.R.L.Habilitada para la apertura, lectura y evaluación de la oferta económica en los lotes que cumplió; el proceso terminó desierto.
Habilitado
1, 2 y 3
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Tecnoparts Cesgardo, S.R.L.No fue habilitada para la apertura de la oferta económica por incumplir los requerimientos establecidos para esos fines.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona