El acta del 8 de octubre de 2025 aprueba la evaluación económica y adjudica a MARCUS LOUNGE & GRILL RESTAURANT, SRL, por RD$5,402,539.12, impuestos incluidos. Consigna que cuatro oferentes fueron evaluados y que Marcus fue el único que cumplió todos los requisitos; ordena notificar la adjudicación. El portal registra además a Cantabria Brand Representative, SRL, como oferente, y tres contratos modificados a favor de Marcus cuyas cifras suman RD$7,563,554.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra tres contratos modificados a favor de Marcus por RD$4,086,939, RD$1,286,939 y RD$2,189,676, que suman RD$7,563,554: RD$2,161,014.88 por encima de los RD$5,402,539.12 adjudicados en el acta. Como los registros tienen la misma fecha y constan como modificados, podrían ser versiones o ajustes del contrato; procede verificar los instrumentos y montos vigentes para descartar duplicidad o un aumento no reflejado en esta acta.
“ADJUDICA, al siguiente oferente: MARCUS LOUGEN & GRILL RESTAURANT, SRL., con un monto ascendente a la suma de CINCO MILLONES, CUATROCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 12/100 (RD$ 5,402,539.12); con impuesto incluido”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 27 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 27
ART. 27. Los contratos que realicen las entidades públicas para la adquisición de bienes o la contratación de obras y servicios, podrán formalizarse indistintamente, por escrito en soporte papel o formato digital, en las condiciones que establezca la reglamentación y se ajustarán al modelo que forma parte del pliego de condiciones, con las modificaciones aprobadas hasta el momento de la adjudicación. El reglamento señalará los casos en que la contratación pueda formalizarse con una orden de compra u orden de servicio. PÁRRAFO. Las contrataciones efectuadas a través de órdenes de compra u órdenes de servicio quedarán perfeccionadas en el momento de notificarse la recepción de conformidad de…
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Según el portal, las ofertas de Xiomari Veloz D' Lujo Fiesta, Martínez Torres Traveling, Cantabria Brand Representative y P.A. Catering fueron cada una de RD$5,644,812, el monto estimado del proceso. Esa coincidencia merece verificarse como patrón de competencia; el acta, sin embargo, no consigna esos importes ni menciona a Cantabria entre los participantes.
“Que en el acto público de Apertura de Ofertas Económicas “Sobre B”, en el marco de la CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE ALMUERZOS EMPACADOS, TIPO BUFFET Y REFRIGERIOS A REQUERIMIENTO PARA ESTE MINISTERIO DIRIGIDO A MIPYMES,” REFERENCIA: TRAB”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El portal registra cinco ofertas cargadas, incluida la de Cantabria Brand Representative, SRL, y la marca como no aceptada; el acta de adjudicación solo nombra a los otros cuatro oferentes y no consigna razón alguna sobre el quinto. Conviene revisar el informe de evaluación que motive esa exclusión; la adjudicación a Marcus Lounge & Grill no se ve afectada en el documento.
“Que en el acto público de Apertura de Ofertas Económicas “Sobre B”, en el marco de la CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE ALMUERZOS EMPACADOS, TIPO BUFFET Y REFRIGERIOS A REQUERIMIENTO PARA ESTE MINISTERIO DIRIGIDO A MIPYMES,” REFERENCIA: TRAB”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Oferentes que registra (5)
3 no habilitado · 1 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
P.A. Catering, SRLEl acta la incluye entre los oferentes evaluados, pero consigna que solo Marcus cumplió todas las especificaciones y requisitos; no detalla el motivo particular de su resultado.
Martínez Torres Traveling, SRLEl acta la incluye entre los oferentes evaluados, pero consigna que solo Marcus cumplió todas las especificaciones y requisitos; no detalla el motivo particular de su resultado.
No habilitado
—
RD$5,644,812
Xiomari Veloz D' Lujo Fiesta, SRLEl acta la incluye entre los oferentes evaluados, pero consigna que solo Marcus cumplió todas las especificaciones y requisitos; no detalla el motivo particular de su resultado.
No habilitado
—
RD$5,644,812
Cantabria Brand Representative, SRLFigura como oferente en los datos del portal, pero no aparece entre los cuatro participantes nombrados en el acta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona