El pliego solicita a Avansi, SRL una propuesta mediante contratación directa por proveedor único para renovar durante un año las licencias, el mantenimiento y el soporte de la plataforma de firma gubernamental. Fija un presupuesto base de RD$13,180,000 y señala como fecha límite para presentar la oferta el 31 de octubre de 2025; el portal registra publicación y cierre de ofertas ese mismo día.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija como fecha límite el 31 de octubre de 2025 y, según el cronograma del portal, tanto la publicación como el cierre de ofertas ocurrieron ese día. Aunque la selección directa por proveedor único no tiene aquí un mínimo temporal específico, el artículo 148 exige plazos razonables y proporcionales; la coincidencia merece revisión por el tiempo efectivo disponible para preparar la propuesta.
“su oferta debe ser presentada antes del viernes 31 de octubre del 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El pliego dispone que los estados financieros se evaluarán según indicadores descritos en el propio pliego, pero el texto no identifica cuáles son ni sus parámetros. La falta de criterios verificables puede dificultar que el oferente anticipe la evaluación y que se justifique de forma objetiva el resultado.
“Estados financieros, según correspondan, de los últimos dos (2) ejercicios fiscales consecutivos certificados por una firma de auditores o un CPA, los cuales serán evaluados conforme a los indicadores descritos en el pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Avansi, SRLDestinataria de la solicitud de propuesta; el documento la identifica como proveedora única para distribuir productos Viafirma en el país.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona