El acto enumera cuatro miembros del Comité
· hace 11 meses
El documento identifica cuatro integrantes, aunque el artículo 9 establece como regla general un comité de cinco miembros. Para los ayuntamientos, el mismo artículo remite a la normativa municipal vigente, por lo que conviene verificar si esa integración específica estaba autorizada.
“debidamente conformado por sus miembros: Angel Tirso Concepción Vapor, Presidente; Sandra Elizabeth Alvarez Peguero, Directora Administrativa, Miembro; Ricardo Ayanes Pérez Núñez, Director Jurídico, Miembro y Glenis Elizabeth Cruz Escarramá”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
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