El estudio previo, fechado el 14 de octubre de 2025, sustenta la necesidad de contratar publicidad en televisión, radio, medios digitales y vallas para la Superintendencia del Mercado de Valores. Estima el servicio en RD$23,037,552.00 y enumera indicativamente 23 medios; refiere una contratación por dos meses, pero no adjudica ni asigna montos individuales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso consta como excepción por publicidad, pero el estudio describe la contratación como de proveedor único y plantea proveedores adjudicados en plural. Son causales y procedimientos distintos; conviene verificar que la justificación y tramitación se basaron en la causal aplicable a la contratación directa de medios.
“Orden de servicios. En el marco de una compra de excepción por Proveedor Único, el objeto principal del contrato de servicios es que los proveedores adjudicados se comprometan a brindar la Contratación de medios de comunicación para colocac”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 60 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 60 — Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social
Artículo 60. Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social. Se utilizará este procedimiento de excepción cuando sea necesario contratar, directamente y sin intermediarios un medio de comunicación social para colocar publicidad que tenga sentido misional u oficial, y que vaya dirigida a informar sobre derechos de las personas, un servicio público o brindar transparencia y difusión a planes y proyectos institucionales. Para este procedimiento la información documental, auditiva o visual debe estar creada y lista para su transmisión o publicación mediante el medio de comunicación. Párrafo. Este procedimiento será por selección…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
El estudio describe primero un video de 52 segundos y luego establece un máster para televisión y canales web de 59 segundos. La discrepancia deja indeterminado cuál duración corresponde al entregable que se debe pautar y verificar.
“La institución ha elaborado un video de 52 segundos que promueve el mercado de valores dominicano, como una herramienta financiera con opciones de inversión accesible para todos. … Se acordará la emisión de un video de 59 segundos en alta r”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona