El pliego del proceso DIDA-CCC-CP-2025-0003 fija un monto estimado de RD$5,000,000 para adquirir tickets de gasolina y gasoil, con convocatoria el 29/10/2025 y recepción de ofertas hasta el 07/11/2025. Define requisitos técnicos y financieros y adjudicación por mayor puntaje, con ponderación de la cobertura geográfica y el descuento ofertado. El documento presenta discrepancias en el total de tickets indicado, en la fórmula de puntuación económica y en el plazo previsto para publicar el contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego denomina el volumen total como 5,000 tickets, pero desglosa 1,000, 3,000 y 3,400 unidades, que suman 7,400. La diferencia puede afectar la cantidad exigible y la verificación de la entrega.
“5000 tickets de combustible: 1,000 tickets de $100.00 de gasolina, 3000 tickets de $500.00 de GASOIL y 3400 tickets de $1,000.00 de gasolina.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 20 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
El pliego exige que el monto de cada oferta sea igual al estimado y que se indique un porcentaje de descuento, pero la fórmula usa la propuesta económica sin aclarar si corresponde al monto base o al precio resultante del descuento. Si todas las ofertas consignan el mismo monto base, la puntuación económica de 20 puntos podría no diferenciar los descuentos como dispone el criterio.
“Este formulario debe contener el monto de la oferta, el cual debe ser igual al monto estimado de la contratación. De igual forma, debe establecer el porcentaje de descuento ofertado por el proveedor. … Pi = Om x PMPE Oi”
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Se requiere cobertura en las localidades provinciales y estaciones a 2–4 km de la sede, mientras que la evaluación asigna puntos según la cantidad de provincias cubiertas y la distancia, sin aclarar cómo se concilia la exigencia de cobertura con la puntuación parcial. Además, el pliego menciona 16 oficinas provinciales, pero la lista de localidades no permite identificar claramente esa cantidad; conviene verificar cómo se aplicó el criterio y su proporcionalidad para este objeto.
“Los proveedores deben contar con estaciones de servicios dentro del perímetro de no más de 2 a 4 kilómetros de distancia de la sede principal de la DIDA, que se encuentra ubicada en la C/ Tiradentes , Sector Naco, Distrito Nacional. Asimism”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El cronograma prevé suscribir el contrato el 05/12/2025 y publicarlo el 22/12/2025. Esa fecha programada excede el máximo de cinco días hábiles desde el perfeccionamiento previsto para difundir el contrato, por lo que corresponde revisar el plazo establecido en el cronograma.
“19. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra | 5/12/2025 12:00p. m. | 20. Publicación del (los) contrato(s) en los portales: institucional y del SECP (art. 106 Reglamento núm. 416-23 | 22/12/2025 12:00p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Sigma Petroleum Corp, SASOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; el pliego no determina su resultado de evaluación.
Mencionado
Proceso único, sin lotes
RD$5,000,000
Next Dominicana, SAEl portal registra un contrato activo y confirmado por RD$5,000,000; el pliego no contiene el acta de adjudicación.
Adjudicado
Proceso único, sin lotes
RD$5,000,000
ECO PETROLEO DOMINICANA, S.A.Oferta registrada en el portal como cargada/pendiente; el estado RPE suspendido corresponde a la consulta de 2026-09-28 y no permite establecer su estado durante el proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.