Enmienda técnica aprobada sin extensión del plazo
· hace 11 meses
El acta aprueba la Enmienda núm. 2 el 27 de octubre y decide no extender el plazo; según el cronograma del portal, las ofertas cerraban el 30 de octubre. La enmienda flexibilizó especificaciones de garantía y memoria, por lo que el tiempo para consultar sobre los cambios y ajustar ofertas fue reducido; el artículo 107 prevé un cronograma que permita nuevas preguntas y respuestas y una extensión proporcional cuando se introduzcan cambios que deban incluirse en las ofertas.
“no se hace necesario la extension de este/ ya que la presents no busca afectar el tiempo.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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