El Acta No. CCC/104/2025, de fecha 2025-10-27, aprueba el informe económico y adjudica a Estación de Servicios Coral, SRL la adquisición de tickets de combustible por RD$5,500,000, incluidos los impuestos, con un descuento del 6%. También ordena notificar el resultado y publicar el acta en el SECP y en el portal institucional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que las ofertas se recibieron y abrieron el 1 de octubre de 2025, mientras que el cronograma del portal fija el cierre y la apertura para el 2 de octubre. La diferencia amerita comprobar en el expediente cuándo se cerró la recepción y se abrieron efectivamente las ofertas, pues una apertura anticipada podría afectar la secuencia prevista.
“A que en fecha 01 de octubre de 2025, COMEDORES ECONÓMICOS DEL ESTADO DOMINICANO recibió 04 ofertas vía el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), dándoles apertura a través de su Comité de Compras y Contrataciones, en esa mi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 117 — Apertura de las ofertas técnicas
Artículo 117. Apertura de las ofertas técnicas. Una vez agotado el horario de recepción de ofertas, se procederá a la apertura de las ofertas técnicas, mediante acto público en el lugar y hora determinados en el pliego de condiciones del procedimiento. Este acto se realizará en presencia del Comité de Compras y Contrataciones de la institución contratante, el notario público y de todos aquellos interesados en presenciarlo, quienes podrán verificar la cantidad de proponentes que compiten en el procedimiento. Párrafo I. El notario público actuante entregará las ofertas económicas, sin abrir, al titular del área jurídica, quien las mantendrá bajo su custodia y garantizará por los medios que…
El aviso presenta la impugnación y el recurso jerárquico como opciones que podrían ejercerse conjuntamente y les asigna un plazo general de diez días hábiles. El reglamento describe primero la impugnación ante la institución y luego el recurso jerárquico, con su propio cómputo desde la respuesta o el vencimiento del plazo para responder; conviene verificar que la información comunicada permita identificar con claridad la vía y el plazo aplicables.
“En virtud de lo establecido por el art. 67 de la ley 340-06, el presente acto administrativo puede ser recurrido por vía administrativa (impugnación y/o jerárquico) o por la vía contenciosa administrativa, en un plazo no mayor de 10 días há”
ART. 67. Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad contratante deberá formalizarse por escrito. La reclamación o impugnación seguirá los siguientes pasos: 1) El recurrente presentará la impugnación ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez días (10) a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento. 2) En los casos de…
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Estación de Servicios Coral, SRLEl acta adjudica a la empresa por cumplir los requisitos técnicos; la tabla registra un descuento del 6%.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…