El Comité de Compras y Contrataciones del CONANI aprobó el 27 de octubre de 2025 la Enmienda núm. 1 al pliego del proceso CONANI-CCC-CP-2025-0013. Modificó las credenciales legales y técnicas, incluyendo la acreditación MIPYME, una actividad UNSPSC específica y tres referencias de servicios similares, y fijó una vigencia contractual de seis meses desde la firma hasta el cumplimiento y liquidación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige tres referencias de la misma naturaleza, de entidades diferentes, realizadas en los últimos cuatro años y respaldadas por órdenes o contratos. Para un proceso dirigido a MIPYMES, el requisito podría reducir el universo de oferentes capaces de acreditar esa experiencia específica; corresponde revisar su proporcionalidad respecto del objeto y monto estimado de RD$5,000,000.
“Tres (03) cartas de referencia: de procesos de esta misma naturaleza, de instituciones o razones sociales diferentes, no mayor de 4 afros de realizado el servicio, con evidencia de 6rdenes y/o contratos.”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
La enmienda exige que el RPE incluya la actividad 80140000, descrita como «Comercialización y Distribución», para un contrato de montaje de eventos, catering y ambientación. Conviene verificar que esa clasificación sea pertinente y no limite la participación de proveedores habilitados para prestar esos servicios.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Direcci6n General de Contrataciones PUblicas, debe tener inscrita, conforme a la codificaci6n UNSPSC la actividad comercial … Cotnercializaci6n y Distribuci6n. (SUBSANABLE”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El acta está fechada el 27 de octubre de 2025 y modifica credenciales legales y técnicas; según el cronograma del portal, las ofertas cerraban el 29 de octubre. Ese intervalo merece revisión para determinar si los oferentes tuvieron tiempo proporcional para ajustar sus propuestas y si se extendió el plazo, como prevé el reglamento cuando se introducen cambios o nuevos requisitos.
“En el CONSEJO NACIONAL PARA LA NIIqEZ Y LA ADOLESCENCIA (CONANI), ubicado en la Av. Maximo G6mez nam. 154, Esq. Repabhca de Paraguay, Ensanche La Fe, ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distdto Nacional, capital de la Repablica Dominicana; a”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acta no reproduce el texto anterior de esta sección.
Enumera documentos legales, todos señalados como subsanables; incluye certificación MIPYME y RPE con actividad UNSPSC 80140000, Comercialización y Distribución.
Endurece
15.1.2, Documentación técnica, punto 3Referencias de experiencia
El acta no reproduce el texto anterior del requisito.
Exige tres cartas de referencia de servicios de la misma naturaleza, de entidades distintas y de no más de cuatro años, acompañadas de órdenes o contratos; indica que es subsanable.
Endurece
Numeral 4, Vigencia del contratoDuración contractual
El acta no reproduce el texto anterior de la vigencia.
Establece seis meses desde la suscripción y hasta el fiel cumplimiento y liquidación, conforme al cronograma de entrega.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…