La Resolución CCC-350-2025, del 22 de octubre de 2025, responde a observaciones de la DGCP y aprueba enmiendas a los pliegos de las licitaciones INDOTEL-CCC-LPN-2025-0012 y 0014. Para el proceso 0014, convierte en recomendada la entrega de una memoria USB, declara no subsanable la oferta técnica y hace subsanable la autorización del fabricante. También dispone publicar la resolución y los actos consecuentes en el SECP y el portal institucional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita el control sobre la acreditación documental de la autorización y nivel del fabricante para vender, instalar, operar y dar soporte a la solución..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La resolución se aprobó el 22/10/2025, mientras que el cierre de ofertas del proceso consta para el 28/10/2025 y la convocatoria fue el 11/09/2025. Tomando esas fechas, la aprobación ocurre después del 75 % del plazo de presentación; el reglamento fija ese límite para emitir enmiendas y exige ampliar el plazo proporcionalmente cuando se introducen cambios o nuevos requerimientos.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República siendo el día 22 de octubre de 2025, se reunieron, previa convocatoria… «ambas sugerencias realizadas por la DGCP fueron presentadas próximo al vencimiento ”
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Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La resolución registra que la DGCP constató que el modelo de contrato no se había cargado y que INDOTEL indicó que lo agregaría. La disponibilidad del modelo es parte de la información mínima del pliego; conviene verificar cuándo se publicó respecto del plazo para preparar las ofertas.
“Hemos constatado que no fue cargado el modelo de contrato a ser usado en el proceso. … Se agregará en el SECP.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Proceso 0014, numeral 9.1 del pliegoMemoria USB con la oferta en papel
La oferta del Sobre A presentada en papel debía estar en una memoria USB idéntica.
Se recomienda que la oferta del Sobre A presentada en papel tenga una memoria USB idéntica.
Relaja
Proceso 0014, numeral 11.1.2.1 del pliegoCarácter subsanable de la oferta técnica
La oferta técnica no estaba identificada expresamente como no subsanable.
Se añade la indicación «No subsanable» a la oferta técnica basada en las especificaciones y términos de referencia.
Endurece
Proceso 0014, numeral 11.1.2.3 del pliegoAutorización del fabricante
La autorización del fabricante, que acreditaba autorización para venta, instalación, operación y soporte, y el nivel más alto con especialización en Firewall y SASE, era no subsanable.
La misma autorización pasa a ser subsanable.
RelajaQuita un control: Se debilita el control sobre la acreditación documental de la autorización y nivel del fabricante para vender, instalar, operar y dar soporte a la solución.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona