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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES CP-2025-0027.pdf

ADQUISICION DE EQUIPOS TECNOLOGICOS PARA ESTA INSTITUCION · Instituto Dominicano de Aviación Civíl

Publicado el 21 oct de 202552 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso IDAC-CCC-CP-2025-0027

Lo que dice

El pliego establece una comparación de precios de doble apertura para adquirir 26 laptops, 40 equipos desktop mini y una laptop para desarrolladores, con convocatoria prevista para el 23 de octubre de 2025 y evaluación por menor precio por artículo. Exige comprobar mediante visita la existencia inmediata de los bienes en las instalaciones de los participantes y fija un anticipo del 20% condicionado al registro del contrato. El documento identifica al Comité de Compras y Contrataciones y establece un desempate por sorteo.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones con componentes y rasgos de fabricante concretos

Documento del 21 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego prescribe componentes Intel y NVIDIA y características identificables de modelos o ecosistemas específicos, sin expresar en estas especificaciones una alternativa equivalente. Aunque la circular posterior acepta algunas configuraciones alternativas, el pliego conserva rasgos concretos —incluida la pantalla de 17 pulgadas para el ítem 3, según el resumen disponible— que pueden limitar las opciones de productos admisibles; conviene verificar su justificación técnica y el alcance de las alternativas aceptadas.

“TARJETA INALÁMBRICA: Intel® Wi-Fi 6 AX201, 2x2, 802.11ax, Bluetooth 5.2. TARJETA GRAFICA: NVIDIA® GeForce RTX™ 3060 con memoria GDDR6 de 6 GB”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 4 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 4 — Definiciones

Artículo 4. Definiciones. En adición a las definiciones establecidas en el artículo 4 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, a los efectos del presente reglamento, serán de aplicación las siguientes definiciones: 1. Adjudicación. Acto administrativo a través del cual la institución contratante selecciona al proveedor que haya presentado la mejor propuesta, de conformidad con los criterios de evaluación fijados en el Pliego de Condiciones y sus Especificaciones Técnicas/ Fichas Técnicas o Términos de Referencia en un procedimiento de contratación pública. 2. Bienes comunes. Son aquellos que pueden ser objetivamente definidos por el mercado, de forma sencilla y corriente debido a que son…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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A revisarHallazgo en documentos

El anticipo queda sujeto a que lo solicite el adjudicatario

Documento del 21 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego prevé pagar el 20% al registrarse el contrato, pero condiciona la constitución de la garantía de buen uso del anticipo a que la solicite el adjudicatario. El Reglamento establece que quien recibe un anticipo debe presentar garantía por el total adelantado; la redacción del pliego puede debilitar ese control si se interpreta como opcional.

“20% con el Registro de Contrato en la Contraloría General de la Republica ✓ 80% Con la Entrega de los equipos en Almacén y el Recibido conforme … Debe estar constituida mediante Póliza de Fianza o Garantía Bancaria, siempre que esta sea”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 204 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 204 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo

Artículo 204. Monto de la garantía de buen uso de anticipo. Siempre que el adjudicatario haya recibido el anticipo, estará obligado a presentar la garantía de buen uso del anticipo por el total del monto que reciba como pago adelantado.

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Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

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A revisarHallazgo en documentos

Visita no subsanable para comprobar inventario disponible

Documento del 21 oct 2025 · hace 11 meses

La calificación depende de una visita a las instalaciones de cada participante para comprobar que ya dispone de los bienes, y el pliego declara esta condición no subsanable. Al vincular la habilitación a inventario físico inmediato, puede excluir a proveedores que podrían cumplir mediante abastecimiento posterior; procede revisar la proporcionalidad de la exigencia para los bienes y cantidades solicitados.

“Nota: Con el fin de evidenciar la disponibilidad inmediata de los bienes, el IDAC realizará una visita de comprobación de existencia de los bienes a las instalaciones de los participantes dentro de un plazo contemplado para la evaluación té”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Desempate previsto únicamente por sorteo

Documento del 21 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego dispone resolver cualquier empate mediante elección al azar, sin incorporar los criterios de preferencia previstos en el Reglamento para el desempate. Si se produce un empate, esta regla podría incidir en la selección del adjudicatario.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá de acuerdo al siguiente procedimiento: El Comité de Compras y Contrataciones procederá por una elección al azar, en presencia de Notario Público y de los interesados, uti”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas

Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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