Verificar correspondencia entre autorización y estimados del proceso
· hace 11 meses
La solicitud estimó un SUV grande en RD$8,674,000 y un minibús en RD$3,000,000; el proceso posterior registra un SUV Tipo I estimado en RD$11,842,000 y un minibús en RD$3,300,000. El SUV del proceso supera en RD$3,168,000 el mayor estimado SUV de la solicitud; conviene verificar si hubo una actualización de la necesidad, las especificaciones y el presupuesto antes de convocar.
“SUV Grande | Año 2024 en adelante, 6 cilindros en adelante, gasolina, 450 hp en adelante, transmisión automática de 10 velocidades en adelante, capacidad 7 pasajeros, 6 bolsas de aire mínimo, sistema de frenos ABS. | 1 | RD$8,674,000.00 | R”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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