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Abriendo la ficha…

Pliego

ANEXO 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS FICHA TÉCNICA.pdf

Servicio Proyecto de Seguridad Gestionada, Detección y Respuesta Avanzada SOC y XDR. · Superintendencia de Electricidad

Publicado el 17 oct de 202520 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SIE-CCC-LPN-2025-0009

Lo que dice

La ficha técnica establece los requerimientos para contratar un servicio de seguridad gestionada SOC y XDR, incluyendo protección para 500 dispositivos finales y 70 servidores, operación 24/7 y una duración de doce meses. Define requisitos de experiencia, certificaciones, soporte, entregables y evaluación técnica y económica; no indica número de acta ni fecha del documento.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

La evaluación combina criterios descritos de forma distinta

Documento del 17 oct 2025 · hace 11 meses

La ficha indica que se evaluará con ponderaciones cualitativas y cuantitativas, pero luego describe la evaluación técnica como cumple/no cumple seguida de evaluación económica. La diferencia deja incierto si habrá ponderaciones adicionales y cómo influirían en la habilitación o selección.

“Los oferentes serán evaluados en función del cumplimiento técnico, ponderaciones cualitativas y cuantitativas de ios productos y servicios ofertados. … Las propuestas presentadas por los oferentes serán evaluadas mediante la utilización de ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Referencias a Forrester y Gartner como condición de calificación

Documento del 17 oct 2025 · hace 11 meses

Se exige que los productos tengan éxito y calidad verificables en portales de evaluación como Forrester Wave y Gartner Magic Quadrant. La ficha no precisa qué evaluación o resultado será aceptable; por su posible efecto restrictivo sobre los productos elegibles, conviene verificar cómo se aplicará y cuántas soluciones del mercado pueden cumplirlo.

“El oferente, además de cumplir en cuanto a cantidad, debe proporcionar productos de reconocido éxito y calidad, verificables en portales de firmas de evaluación reputadas, como Forrester Wave^ y Gartner Magic Quadrant^”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia previa exige presencia local superior a cinco años

Documento del 17 oct 2025 · hace 11 meses

Se requieren al menos tres proyectos previos de seguridad tecnológica y más de cinco años de presencia en el mercado local. Esa antigüedad local puede excluir proveedores con experiencia técnica pertinente pero menor tiempo de operación en el país; conviene verificar su proporcionalidad respecto del servicio y su alcance.

“El oferente debe proporcionar referencia de al menos tres (3) proyectos previos de soluciones y productos de seguridad tecnológica. Tener más de 5 años de presencia en el mercado local.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (23)

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  • CONTRATO DE EJECUCIÓN DE SERVICIOS SIE (MODELO) SNCC. C. 024.docxContrato · 2 jul de 2025
  • FORMULARIO SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 2 jul de 2025
  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 2 jul de 2025
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia.docxDocumento · 2 jul de 2025
  • SNCC_D043_Experiencia_Consultor.docxDocumento · 2 jul de 2025
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 2 jul de 2025
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal.docxDocumento · 2 jul de 2025
  • CERTIFICACIÓN DE CONOCIMIENTO Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE PROVEEDORES DE LA SIE-1.docxDocumento · 17 oct de 2025
  • FORMULARIO DEBIDA DILIGENCIA SIE-DAJ-FOR-02.docxDebida diligencia · 17 oct de 2025

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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