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Pliego

04. rv3TDR_Adquisicion_furgonetas_signed.pdf

[PRESENTAR OFERTA SIN ITBIS] Adquisición de furgonetas para transporte de carga para uso de la Superintendencia de Bancos · Superintendencia de Bancos

Publicado el 17 oct de 2025Fechado el 18 sept de 20255 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SUPBANCO-CCC-CP-2025-0017

Lo que dice

El documento fija las especificaciones para adquirir dos minibuses de carga nuevos, con entrega en un plazo máximo de tres meses, y establece requisitos técnicos y una evaluación por fases. Está firmado digitalmente el 2025-09-19; la evaluación técnica combina requisitos de cumple/no cumple y puntajes, seguida de una ponderación de 75 % para la oferta técnica y 25 % para la económica.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Puntuación técnica con máximos contradictorios y preferencias marcadas

Documento del 17 oct 2025 · hace 11 meses

El documento anuncia una puntuación técnica máxima de 100 puntos, pero luego indica un máximo de 80; los factores enumerados suman 100. Además, asigna puntos a diésel y transmisión mecánica de seis velocidades aunque las especificaciones mínimas admiten gasolina y transmisión automática, lo que puede afectar la comparación entre ofertas sin que aquí se explique la justificación o el cálculo detallado de la puntuación económica.

“La puntuación máxima asignada a la Oferta Técnica tendrá un valor total de cien (100) puntos, El puntaje mínimo aceptable es de Ochenta (80) puntos. … Puntuación Máxima: Ochenta (80) puntos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

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Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de autorización, antigüedad y cobertura de servicio a verificar

Documento del 17 oct 2025 · hace 11 meses

Se exige una autorización del fabricante y que el vehículo propuesto tenga al menos 15 años en el mercado dominicano, además de centros autorizados en Santiago y el Distrito Nacional. Son condiciones que podrían limitar el conjunto de oferentes o modelos admisibles; conviene verificar su proporcionalidad respecto de la compra de dos vehículos y la necesidad de servicio en ambas localidades.

“Presentar carta del fabricante, donde indique que otorga a la empresa, la autorización para venta, instalación y soporte para la presente adquisición, así como la garantía del bien ofertado y que pruebe que el vehículo propuesto tiene al me”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (30)

  • 01. Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 17 oct de 2025 · 1 señal
  • 02. Certificación de Apropiación.pdfCertificación de fondos · 17 oct de 2025
  • 03. Convocatoria.pdfDocumento · 17 oct de 2025
  • 05. rv3_Informe_Estudios_Previos_signed (1).pdfEstudio previo · 17 oct de 2025 · 2 señales
  • 06. Matriz Gestión de Riesgo.pdfDocumento · 17 oct de 2025
  • 07. Autorización de Presidencia.pdfAutorización · 17 oct de 2025
  • 08. Acto_de_inicio_SUPBANCO-CCC-PEPU-2025-0017_rev._C_2_signed.pdfInforme pericial · 17 oct de 2025
  • 08. Acto_de_inicio_SUPBANCO-CCC-PEPU-2025-0017_rev._C_2_signed.pdfResolución · 17 oct de 2025
  • 08. Acto_de_inicio_SUPBANCO-CCC-PEPU-2025-0017_rev._C_2_signed.pdfPliego · 17 oct de 2025 · 1 señal
  • 09. Pliego Estandar de compra de Bienes.pdfPliego · 21 oct de 2025 · 4 señales
  • 10. Formulario etico de las instituciones.pdfDocumento · 21 oct de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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  • Formularios del Procedimiento.zipDocumento · 21 oct de 2025
  • CARTA CONSULTA SUPBANCO.pdfDocumento · 22 oct de 2025
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  • MODIFICACION Superintendencia de Bancos.pdfDocumento · 27 oct de 2025
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  • 14. Circular_de_Respuesta_.pdfCircular · 31 oct de 2025 · 2 señales
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  • 15. Enmienda_01-2025_.pdfEnmienda · 31 oct de 2025
  • Enmienda 02-2025 vf.pdfEnmienda · 24 nov de 2025
  • Acta de adjudicacion SUPBANCO-CCC-CP-2025-0017.pdfActa de adjudicación · 10 dic de 2025
  • 21. Informe_Final_evaluacion_tecnica.pdfInforme de evaluación · —
  • 23 Acto 2682 -2025 SANDRA LEROUX.pdfDocumento · —
  • 24. Informe_Tecnico-Economico_SUPBANCO-CCC-CP-2025-0017_signed.pdfDocumento · —
  • 25. Acta de adjudicacion SUPBANCO-CCC-CP-2025-0017.pdfActa de adjudicación · —
  • 26. Certificacion de Cuota a Comprometer.pdfDocumento · —
  • 27. CONTRATO - AVANT AUTOS S.A.S.-.pdfContrato · —
  • 28. Orden de Compras OC00001659-1.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —