La Resolución DPP-PEPB-2025-0048, del 13 de octubre de 2025, aprueba la contratación directa de publicidad en 18 medios para el período del 1 de noviembre al 15 de diciembre, por RD$9,420,530. También aprueba proveedores y montos individualizados antes de designar a los peritos encargados de evaluar las propuestas; además, identifica para el ítem 8 una empresa y un RNC distintos de los consignados para Metrovisión en el portal.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución aprueba la contratación de los proveedores con montos individualizados y luego designa a los peritos para evaluar las propuestas. El acta de adjudicación posterior confirma las mismas adjudicaciones y montos, por lo que la secuencia consignada merece revisión frente al procedimiento de selección directa, que contempla el análisis de la propuesta antes de aprobar la contratación.
“SEGUNDO: APROBAR la contratación de los servicios de colocación de publicidad de la Dirección de Prensa del Presidente en diferentes medios de comunicación a nivel nacional, requeridos por el Departamento de Relacionamiento de Prensa, de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
La resolución aprueba RD$3,759,480 para Grupo de Comunicaciones García Fernández, SRL, RNC; el portal registra el contrato del ítem 8 a nombre de Metrovision, SRL, RNC. La diferencia de razón social y RNC requiere verificar cuál entidad fue aprobada y cuál quedó como parte contratante y beneficiaria del pago.
“Grupo de Comunicaciones García Fernández, SRL $3,759,480.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La resolución aprueba su contratación directa para el ítem 11.