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Pliego

TERMINOS DE REFERENCIAS.pdf

CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS LEGALES DE ASESORÍA Y REPRESENTACIÓN JURÍDICA EN MATERIA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, ADMINISTRATIVA, TRIBUTARIA, PENAL, PROCESOS DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN · Empresa de Distribución Eléctrica del Norte

Publicado el 17 oct de 2025Fechado el 19 ago de 20252 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDENORTE-CCC-PEOR-2025-0003

Lo que dice

Los términos de referencia describen una contratación de servicios legales externos por un año, contado desde el 1 de septiembre de 2025, con un monto total indicado de RD$13,152,900. Identifican cuatro oficinas jurídicas seleccionadas y prevén igualas mensuales, incentivos por éxito y reembolso de gastos judiciales. También detallan el alcance general del servicio y la supervisión a cargo de la Gerencia de Litigios de EDENORTE.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Incentivos y gastos con alcance económico poco definido

Documento del 17 oct 2025 · hace 11 meses

Se prevén incentivos de hasta RD$600,000 por firma y reembolsos de gastos judiciales equivalentes al 25 % del monto anual de la iguala, pero el documento no aclara si estos conceptos están incluidos en el monto total de RD$13,152,900 o se pagarían aparte. Tampoco detalla los criterios para determinar los incentivos, más allá de remitir a la Gerencia de Litigios; conviene verificar el límite total de obligaciones y su soporte de pago.

“Premiación por éxito: Hasta RD$600,000.00 anuales por firma, equivalentes a RD$50,000.00 por sentencia gananciosa mensual, conforme a los criterios establecidos por la Gerencia de Litigios. Gastos judiciales: Se reserva un 25 % del monto to”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Criterios cualitativos sin método de valoración explicitado

Documento del 17 oct 2025 · hace 11 meses

El documento fundamenta la selección en conceptos como confianza, confidencialidad y experiencia, y enumera criterios sin precisar una escala, método de comprobación o forma de distribuir las prestaciones entre las cuatro oficinas. Esa falta de parámetros reproducibles dificulta verificar cómo se aplicaron los criterios a cada proveedor.

“La selección de estas firmas se fundamenta en la confianza, confidencialidad, capacidad técnica e intelectual demostrada en la representación judicial de EDENORTE, así como en su experiencia acreditada en litigios del sector eléctrico.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

ContextoHallazgo en documentos

Alcance no limitado a prestaciones cuantificadas

Documento del 17 oct 2025 · hace 11 meses

El servicio incluye actividades descritas como no limitativas y permite requerir otras gestiones jurídicas relacionadas con el objeto, mientras se establece una iguala fija mensual. Sin límites de casos, horas u otras unidades de prestación en estos términos, resulta conveniente verificar cómo se medirá la carga de trabajo y la correspondencia entre entregables y pagos.

“Estas actividades son enunciativas y no limitativas, pudiendo EDENORTE requerir la realización de cualquier otra gestión jurídica vinculada al objeto contractual.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Oferentes que registra (4)

4 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
José Elias Salas ValerioIdentificado como oficina jurídica seleccionada; el portal registra contrato activo y confirmado.Adjudicado—RD$2,464,800
Tomás Belliard & Asociados, S.R.L.Identificada como oficina jurídica seleccionada; el portal registra contrato activo y confirmado.Adjudicado—RD$2,464,800
Taveras-Jiménez Consultores Legales, S.R.L.Identificada como oficina jurídica seleccionada; el portal registra contrato activo y confirmado.Adjudicado—RD$2,931,000
Duran & Peña, S.R.L.Identificada como oficina jurídica seleccionada; el portal registra contrato activo y confirmado.Adjudicado—RD$5,292,300

Otros documentos del proceso (8)

  • ACTA DE APROBACIÓN DE EXCEPCIÓN .pdfPliego · 17 oct de 2025 · 3 señales
  • FORMATO DE CONTRATO.docContrato · 17 oct de 2025
  • INFORME PERICIAL.pdfInforme justificativo · 17 oct de 2025 · 2 señales
  • PROPUESTAS O COTIZACIONES.rarDocumento · 17 oct de 2025
  • Solicitud de propuesta.pdfResolución · 17 oct de 2025 · 2 señales
  • 20251017155655892_0001.pdfCertificación de fondos · 17 oct de 2025 · 1 señal
  • 20251017155655892_0002.pdfSolicitud de compra · 17 oct de 2025
  • 20251017160451530.pdfResolución · 17 oct de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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