El Acta CCC/095/2025, de fecha 2025-10-17, aprueba provisionalmente el procedimiento y el pliego para adquirir materiales de limpieza, condicionando la aprobación a la emisión posterior de la certificación definitiva de apropiación presupuestaria. En su parte resolutiva dispone que se utilice subasta inversa y designa a tres peritos, aunque el documento también identifica el proceso como Comparación de Precios.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta condiciona la aprobación a que se emita después la certificación definitiva, pero a la vez aprueba el pliego y el procedimiento. El artículo 69 del Reglamento 416-23 establece que no puede iniciarse ni convocarse un procedimiento sin la certificación de apropiación presupuestaria; el portal registra la convocatoria ese mismo día.
“APROBAR PROVISIONALMENTE que el procedimiento de subasta inversa sea el que rija para la ADQUISICION DE MATERIALES DE LIMPIEZA, hasta tanto sea emitida la certificación de disponibilidad de apropiación presupuestaria definitiva”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
En los considerandos el acta describe el proceso como Comparación de Precios, pero en la parte resolutiva aprueba una subasta inversa; el portal también registra Comparación de Precios. Aunque la subasta inversa puede utilizarse para bienes comunes y estandarizados, la diferencia entre modalidades amerita verificar cuál procedimiento y reglas se aplicaron efectivamente.
“VISTO: El pliego de condiciones específicas que normará la presente Comparación de Precios. … PRIMERO: APROBAR PROVISIONALMENTE que el procedimiento de subasta inversa sea el que rija”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 37 · Reglamento 416-23, art. 43 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios
Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona