El Acta núm. 158, de 2025-10-14, aprueba la evaluación económica y adjudica a Sivinox, SRL el ítem 3: 100 bombas mochila, por RD$1,911,600.00, equivalente a RD$19,116.00 por unidad con el precio final consignado. Ordena presentar la garantía de fiel cumplimiento dentro de cinco días calendario y fija su duración en seis meses desde la firma del contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (18 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra una sola oferta habilitada para apertura económica, mientras el portal registra cinco ofertas presentadas. El acta no consigna los motivos de la no habilitación de las demás; procede contrastar este resultado con las evaluaciones previas para verificar cómo incidió en la competencia efectiva.
“en la cual consta la lectura de la Oferta Económica del Oferente habilitado en el proceso a saber:” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
El acta fija una duración de seis meses desde la firma, mientras el Reglamento dispone que la garantía se mantenga vigente hasta la liquidación del contrato. También fija cinco días calendario para presentarla, frente a los cinco días hábiles previstos en el Reglamento; conviene verificar que el plazo de cobertura no expire antes de la liquidación.
“dentro de los cinco (5) días calendarios, contados a partir de la notificación de la adjudicación, por un importe … adjudicación, con duración de seis (06) meses contados a partir de la suscripción del contrato caso de ser Mipymes” (págs. 7-8)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
El acta adjudica a Sivinox, SRL bienes; en los datos registrales consultados en 2026, su RPE muestra rubros de servicios, consultoría y obras, y la actividad DGII indicada corresponde a colocación de cristales. Esos datos son posteriores al proceso y no demuestran cuál era su situación al ofertar, pero justifican verificar la actividad y habilitación vigentes en la fecha de la adjudicación.
“ADJUDICAR el Proceso de Comparación de Precios para “COMPRA DE CINTAS MÉTRICAS TIPO ODÓMETRO, BOMBAS TIPO MOCHILA Y TRIMMER”. DIRIGIDO A MIPYMES, REF. MIMARENA-CCC-CP-2025-0025.como sigue:” (pág. 7)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
El acta adjudica el contrato a Sivinox, SRL; según el historial aportado, la empresa tuvo 12 contratos con esta institución por RD$15,825,659 en los 24 meses previos. Es un dato de concentración que puede considerarse al revisar la distribución de adjudicaciones, sin que por sí solo indique irregularidad.
“ADJUDICAR el Proceso de Comparación de Precios para “COMPRA DE CINTAS MÉTRICAS TIPO ODÓMETRO, BOMBAS TIPO MOCHILA Y TRIMMER”. DIRIGIDO A MIPYMES, REF. MIMARENA-CCC-CP-2025-0025.como sigue:” (pág. 7)
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona