La Enmienda No. 1 del proceso DGIMFFAA-CCC-SI-2025-0010 modifica y aclara condiciones sobre el anticipo, el lugar de entrega, el cronograma, la vigencia de las ofertas y garantías, y los documentos requeridos para tramitar el pago. El documento no indica fecha de emisión ni número de acta; establece un anticipo del 20%, una vigencia de doce meses para la garantía de fiel cumplimiento y la entrega en las instalaciones principales de la DGIMFFAA en San Cristóbal.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Para MIPYMES se admite garantía bancaria además de póliza de seguro, aunque el art. 192 del Reglamento 416-23 dispone que a estas solo se les exigirá fianza de seguro.; Al fijar un plazo determinado, podría reducirse la cobertura si la liquidación del contrato ocurre después; el art. 202 del Reglamento 416-23 dispone que la garantía se mantenga hasta la liquidación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
1. Tiempo de entrega de los bienes / anticipoPorcentaje, plazo y garantía del anticipo
El resumen del pliego anterior indica un anticipo del 20% sujeto a garantía, sin precisar aquí su modalidad ni el plazo de pago.
Anticipo del 20% para oferentes MIPYME o no, pagadero dentro de 21 días desde la firma de la certificación del contrato y contra póliza de seguro o garantía bancaria por el total del avance.
RelajaQuita un control: Para MIPYMES se admite garantía bancaria además de póliza de seguro, aunque el art. 192 del Reglamento 416-23 dispone que a estas solo se les exigirá fianza de seguro.
2. Lugar de entregaDestino de los bienes
El resumen de la ficha técnica anterior menciona el traslado a talleres en Bonao.
Fija la entrega en las instalaciones principales de la DGIMFFAA en San Cristóbal.
Aclara
3. Cronograma incompletoIncorporación de actividades faltantes
El cronograma se identifica como incompleto.
Se indica que se anexaron las actividades faltantes, pero el documento no las enumera.
Aclara
4. Mantenimiento de ofertaVigencia de la oferta
El documento no reproduce el plazo previo de mantenimiento de la oferta.
La oferta debe mantenerse vigente hasta la fecha de suscripción del contrato.
Aclara
5. Garantía de fiel cumplimientoVigencia de la garantía
La enmienda refiere una incongruencia entre la vigencia de la garantía y el plazo de validez del contrato, sin detallar aquí el término previo.
Establece una vigencia de doce meses para la garantía de fiel cumplimiento.
AclaraQuita un control: Al fijar un plazo determinado, podría reducirse la cobertura si la liquidación del contrato ocurre después; el art. 202 del Reglamento 416-23 dispone que la garantía se mantenga hasta la liquidación.
6. Plazo de pagoDocumentación para someter el pago
El documento no reproduce las condiciones previas de pago ni la documentación requerida.
El pago se realizará contra entrega de mercancías y factura, con conduce fechado, numerado y timbrado por la empresa y firmado y sellado por esta y por el encargado de almacén para certificar recepción conforme.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona