El acta del 15 de octubre de 2025 adjudica a Fersen Ingeniería, S.R.L. la remodelación del Boulevard Avenida Presidente Vásquez por RD$14,540,241.38, impuestos incluidos, tras calificarla como la única oferta que pasó a la apertura económica. El documento consigna que Multihierros & Construcciones, S.R.L. no presentó documentación no subsanable y que Construcciones Mircuz, S.R.L. no cumplió los parámetros del rubro establecidos en el pliego; ambas quedaron fuera de la evaluación económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra para Mircuz una oferta de RD$14,538,242, mientras que Fersen fue adjudicada por RD$14,540,241.38, una diferencia de RD$1,999.38. El acta atribuye la exclusión de Mircuz a los parámetros del rubro del pliego; conviene verificar cómo se aplicó ese requisito, dado que determinó qué oferta llegó a la evaluación económica.
“Que al analizar la oferta técnica presentada por la empresa CONSTRUCCIONES MIRCUZ, S.R.L., se pudo determinar que la misma no cumple con todas las especificaciones técnicas requeridas en el Término de Referencia del presente proceso, al”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
La relación de miembros que el acta identifica al inicio contiene cinco nombres y no incluye a Anyolino Germosén, pero las firmas incluyen a Germosén como presidente además de los cinco relacionados. Conviene verificar la integración y participación del comité en la deliberación y aprobación de la adjudicación.
“integrado por sus miembros: Licdo. Araliberd López Tesorero; Licda. Yesenia M. Pichardo Enc. Planificación, programación y Desarrollo; Yesenia Valdez Enc. Libre acceso a la información; Licdo. Miguel Ángel Cid Contralor; Licdo. Juan Pérez”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
Oferentes que registra (3)
2 descalificado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Multihierros & Construcciones, S.R.L.No presentó dentro del plazo los documentos requeridos para subsanación y su oferta técnica contenía documentación no subsanable no presentada.
Descalificado
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Construcciones Mircuz, S.R.L.El acta indica que no cumplió con los parámetros del rubro estipulados en el pliego. El portal registra una oferta de RD$14,538,242.
Descalificado
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RD$14,538,242
Fersen Ingeniería, S.R.L.Fue la única oferente habilitada para la apertura económica; el acta indica que cumplió las especificaciones del pliego y obtuvo una calificación final de 90.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona