El acta aprueba el informe de evaluación económica y adjudica el proceso EDEESTE-CCC-PEPU-2025-0029 a IT Global Enterprise Services, INC por RD$29,908,590.00, impuestos incluidos. Registra una sola oferta, que fue RD$1.50 inferior al monto presupuestado de RD$29,908,591.50. El documento consigna como fecha de emisión el 9 de septiembre de 2025, aunque las firmas digitales aparecen fechadas entre el 10 y el 15 de octubre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra un solo oferente y una oferta apenas RD$1.50 por debajo del presupuesto. En una selección directa por proveedor único no se da una comparación competitiva de precios; conviene verificar el sustento de la razonabilidad del precio, sin que la proximidad por sí sola pruebe una irregularidad.
“MONEDA | MONTO TOTAL OFERTADO | MONTO TOTAL PRESUPUESTADO | DIFERENCIA | Desvío RD$ | 29,908,590.00 | 29,908,591.50 | - 1.50 | 0%”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
El portal registra el contrato como confirmado y enviado el 29/09/2025, mientras que las firmas digitales del acta de adjudicación aparecen entre el 10 y el 15/10/2025. La diferencia de fechas amerita comprobar cuándo se formalizó realmente el contrato y si el dato del portal corresponde a su suscripción o a otra fecha de registro.
“Cynthia Margarita Joa Rondon De Díaz - Directora Legal (10/10/2025 16:01 AST) Juan Alberto Lora Troncoso (13/10/2025 18:11 AST)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona