La Circular No. 1, de 2025-10-15, responde consultas recibidas hasta el 3 de octubre sobre el servicio de agencia publicitaria. Aclara que la agencia debe proponer estrategias de medios, incluir horarios extendidos sin costo adicional y orientar el alcance del 65 % a televisión abierta; además, mantiene la exigencia de experiencia de diez años y tres documentos acreditativos vinculados a RD$20,000,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular mantiene una exigencia de diez años de práctica y al menos tres órdenes, contratos o certificaciones relacionados con colocación de publicidad en medios masivos, vinculada a RD$20,000,000. La combinación puede limitar la participación; además, la respuesta no precisa si la cuantía corresponde a cada documento o al conjunto, por lo que conviene verificar su proporcionalidad y aplicación uniforme.
““La persona fisica y jurídica deberá presentar, al menos tres (3) ordenes de servicios, contratos y/o certificaciones que acredite su experiencia como proveedor mínimo con diez (10) años de práctica en la colocación de publicidad en medios ”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La circular responde «mínimo, máximo» a una consulta sobre si RD$1,200 es un límite mínimo. La formulación no permite identificar con claridad el parámetro aplicable y puede dificultar que los oferentes preparen propuestas comparables y que la institución evalúe con un criterio uniforme.
““Respuesta: CPR de 1,200 mínimo, máximo””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Especificaciones técnicasAlcance de la estrategia de medios
La consulta preguntaba si el alcance del 65 % era global multimedios o se limitaba a televisión abierta.
La respuesta establece que el alcance del 65 % se refiere únicamente a televisión abierta.
Aclara
Especificaciones técnicasHorario y costos de ejecución
Se consultó si los horarios especiales, extendidos, fines de semana y feriados debían incluirse en la propuesta.
La respuesta indica que el oferente debe incluir esos horarios en su propuesta y que no generarán presupuesto adicional.
Aclara
Documentación técnica, numeral 12.1.2, punto 13Acreditación de experiencia
Se consultó cuál de dos formulaciones contradictorias sobre la experiencia sería evaluada y se propuso reducirla a cinco años o acreditar experiencia del equipo técnico.
La respuesta remite al requisito de tres órdenes, contratos o certificaciones, diez años de práctica y una cuantía igual o superior a RD$20,000,000.
Aclara
Especificaciones técnicas, punto 2CPR requerido
La consulta preguntó si un CPR de RD$1,200 mínimo excluía montos inferiores.
La respuesta conserva la expresión «CPR de 1,200 mínimo, máximo», sin aclarar si establece un mínimo, un máximo o ambos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona