El acta del procedimiento AMBC-CCC-CP-2025-0005, fechada el 18 de septiembre de 2025, coloca en primer lugar y declara conforme la oferta de Construcciones y Electromecánica, SRL, para instalar infraestructura de red y cambiar el sistema de cámaras. El documento no indica el monto adjudicado; según el portal, el contrato registrado para esa empresa asciende a RD$3,279,014.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (10 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla del acta registra una sola oferta, de Construcciones y Electromecánica, SRL, y la declara conforme y en primer lugar. Esto convierte en resultado de adjudicación la participación de un solo oferente que ya consta en el portal; conviene verificar el nivel de competencia efectiva y la razonabilidad del precio, sin que la participación única por sí sola pruebe una irregularidad.
“1 | CONSTRUCCIONES Y ELECTROMECÁNICA, SRL. | ADQUISICIÓN SERVICIO DE INSTALACIÓN DE INSFRAESTUCTURA DE RED INFORMÁTICA Y CAMBIO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD DE ANÁLOGO A DIGITAL (SISTEMA DE CAMARA)_EXT”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta está fechada el 18/09/2025, que, según el cronograma del pliego resumido en el expediente, era la fecha de recepción de ofertas; el pliego fijaba la adjudicación para el 30/09/2025. La coincidencia de la fecha de adjudicación con la recepción prevista amerita verificar la secuencia efectiva de evaluación y adjudicación; por sí sola no demuestra que se omitieran etapas.
“18/09/2025 … HECHO, LEIDO' FIRMADO y SELLADO, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año Dos Mil veinticinco (2025).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona