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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

Servicio de montaje de varios eventos dirigidos a juntas de vecinos y fundaciones, en el marco del programa de apoyo a iniciativas comunitarias, · Comisión Presidencial Apoyo Desarrollo Barrial

Publicado el 15 oct de 202542 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CPADB-CCC-CP-2025-0022

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para contratar, mediante comparación de precios, el montaje de eventos comunitarios en 13 ubicaciones, con un presupuesto base de RD$5,221,704.00 y presentación de ofertas prevista para el 23 de octubre de 2025. Exige ofertar el servicio completo en un solo lote y fija como criterio de adjudicación la experiencia y el menor precio, además de incluir una regla para identificar ofertas temerarias.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.2 millones

Umbral para detectar ofertas temerarias podría ser demasiado bajo

Documento del 15 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego califica como temerarias las ofertas iguales o inferiores al 15% del presupuesto base. Leído literalmente, ese umbral solo alcanzaría ofertas de hasta RD$783,255.60, por lo que podría no activar el análisis de precios significativamente inferiores al presupuesto; conviene verificar si se quiso expresar una diferencia del 15% respecto del presupuesto.

“CUANDO EL MONTO MAS ECONOMICO SEA NOTORIAMENTE INFERIOR A LOS MONTOS DE LAS DEMAS OFERTAS PARTICIPANTES. SE PROCEDERA DE ACUERDO AL procedimiento establecido en el articulo 6, de la resolución PNP-04-2024 y en el párrafo II del artículo 130”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Adjudicación combina experiencia y precio sin ponderación explícita

Documento del 15 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego menciona tanto la experiencia como el menor precio para elegir la oferta más conveniente, pero la evaluación descrita utiliza cumple/no cumple y no precisa cómo se ponderan esos factores ni cómo se resuelve una diferencia entre ambos. Esa indeterminación puede dificultar que los oferentes anticipen y verifiquen la comparación que determinará la adjudicación.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación cuyas propuestas cumplan con los requisitos exigidos y sean calificadas como las más convenientes para los intereses institucional”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Un solo lote exige capacidad para cubrir todo el servicio

Documento del 15 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego reúne en un único lote eventos en 13 ubicaciones y exige ofertar la totalidad, además de tener disponibilidad para realizar dos eventos a la vez. Esa configuración requiere capacidad logística y operativa integral y puede limitar la participación de proveedores capaces de atender solo parte de las prestaciones.

“Nota: 1 Los interesados deben presentar oferta por la totalidad del servicio, el proceso comprende un solo lote … El oferente debe tener disponibilidad de realizar dos eventos a la vez”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Prohibición amplia de participación de empresas con socios en común

Documento del 15 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego excluye la participación simultánea de empresas que coincidan en cualquiera de sus socios, sin limitar la regla a una participación conjunta de una misma persona o a la existencia de control común. La condición puede impedir competir a empresas distintas por la sola coincidencia de un socio y merece revisión por su efecto potencial sobre la concurrencia.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Otros documentos del proceso (18)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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ACTA DE ADJUDICACION EVENTOS.pdf
Acta de adjudicación · 12 nov de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION EVENTOS.pdfActa de adjudicación · —
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  • CONTRATO 046-EVENTOS.pdfContrato · —
  • INFORME B EVENTOS.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —