El pliego establece una licitación pública nacional, por lote único, para adquirir 677 botiquines de emergencia y sus componentes, con presupuesto base de RD$12,700,540.31. La convocatoria se publicó el 15 de octubre de 2025 y el pliego fija la recepción de ofertas para el 28 de noviembre, la adjudicación para el 21 de enero de 2026 y la firma del contrato para el 10 de febrero de 2026. También establece evaluación técnica y económica, adjudicación al menor precio que cumpla y condiciones de entrega y pago.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según los datos del portal, Grupo Farmacéutico Car-M, SRL registró RD$328,345, frente al presupuesto base de RD$12,700,540.31 para un lote único; equivale aproximadamente al 2.6 % del presupuesto. El pliego prevé examinar precios inferiores en más de 20 % como potencialmente no sustentables, por lo que conviene verificar que el monto del portal corresponda a la oferta completa y, de ser así, su alcance y sustentabilidad antes de cualquier decisión.
“Total, Monto Referencial Estimado | $12,700,540.31 … Si el precio de la oferta es inferior en más de un 20% en relación al presupuesto base o valor referencial del lote, se considerará”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
La validez de las ofertas y la vigencia mínima indicada para la garantía llegan hasta el 28 de enero de 2026, pero la firma contractual se programa para el 10 de febrero. El intervalo de 13 días deja sin cobertura prevista la oferta y su garantía antes de la suscripción, salvo que se solicite una prórroga.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el veintiocho (28) de enero del 2026. … Suscripción del Contrato | 10 de febrero de 2026.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Para acreditar credenciales se solicitan dos contratos u órdenes de compra con el mismo objeto, además de constancias de recepción satisfactoria. La exigencia de identidad del objeto puede limitar la participación de proveedores con experiencia pertinente en suministros comparables; conviene verificar su proporcionalidad respecto del bien y del monto del proceso.
“Presentar dos (2) copia de contratos u Orden de compra, con el mismo objeto de contratación acompañados de sus certificaciones de recepción satisfactoria y Factura con Comprobante Fiscal.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Aunque el plazo general entre la convocatoria del 15 de octubre y el cierre del 28 de noviembre supera el mínimo de licitación pública, el pliego indica que las ofertas electrónicas deben cargarse después de concluir el período de enmiendas, el 18 de noviembre. Eso deja solo los últimos días para completar la presentación por SECP y puede reducir el tiempo efectivo disponible para los participantes.
“Las ofertas presentadas por el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) deben ser colgadas después de concluido el tiempo de enmienda, ya que de hacerlo antes las mismas no viajarán a la etapa de informe de selección, Ambas ofe”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 18 · Reglamento 416-23, art. 96 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 18
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
Reglamento 416-23, artículo 96 — Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales
Artículo 96. Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas nacionales deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse en un mínimo de dos (2) periódicos de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos. 3. Publicarse con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de oferta.
El pliego permite tratar como no sustentables ofertas más de 20 % por debajo o por encima del presupuesto base. El artículo 130 del Reglamento regula el análisis de ofertas anormalmente bajas; aplicar esa misma calificación a ofertas altas puede convertirse en una causa adicional de exclusión, distinta de la regla para detectar precios bajos.
“Se considerará oferta no sustentable aquella que esté por debajo o por encima del 20 % del presupuesto base, conforme la normativa vigente, a fin de garantizar transparencia y evitar adjudicaciones temerarias que comprometen la ejecución co”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
El pliego dispone que todo empate se resolverá por sorteo, sin contemplar los criterios de preferencia indicados en el reglamento para desempatar. Si se produce un empate, esta regla podría determinar quién resulta adjudicado sin aplicar esas preferencias.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá de acuerdo al siguiente procedimiento: El Comité de Compras y Contrataciones procederá por una elección al azar, en presencia de Notario Público y de los interesados, uti”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
El pliego impide que concurran simultáneamente empresas que compartan cualquier socio o accionista, sin expresar un umbral de participación ni una evaluación individual de riesgo. Esa regla puede excluir ofertas de personas jurídicas distintas y reducir la competencia; el pliego no identifica una norma legal que establezca esta prohibición general.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido … los participantes que posean esta condición deben elegir”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El apartado de anticipo indica un plazo máximo de 45 días desde el registro del contrato, mientras que las condiciones de pago fijan un máximo de 25 días desde la certificación de registro. La diferencia genera incertidumbre sobre cuándo se recibiría el anticipo, relevante para la planificación financiera de las MIPYMES.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el pliego de condiciones, que asciende a 20% (solo aplica a MIPYME), se hará en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días a p”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Una sección asigna al Ministerio de Educación el pago de los honorarios de notarización y otra se lo impone al adjudicatario. La discrepancia puede generar incertidumbre sobre un costo contractual que los oferentes deben considerar.
“El Ministerio de Educación asumirá el pago de los honorarios profesionales por concepto de la notarización del contrato… … El contratista o proveedor que resulte adjudicatario debe de pagar los honorarios profesionales por concepto de la no”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona