El pliego de octubre de 2025 establece las bases de la Licitación Pública Nacional INDRHI-CCC-LPN-2025-0016 para contratar auditorías financieras y de ejecución presupuestaria de los períodos 2021-2024, con presupuesto estimado de RD$8,000,000. Fija la recepción de ofertas para el 28 de noviembre de 2025 y dispone una evaluación técnica de hasta 70 puntos, con un mínimo de 55, seguida de evaluación económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija la recepción de ofertas para el 28/11/2025. Tomando como última publicación en prensa la del 17/10/2025 indicada en los datos del proceso, hay 29 días hábiles como máximo entre el día siguiente a esa publicación y el día anterior a la recepción, menos que los 30 días hábiles mínimos para una licitación pública nacional.
“Presentación de Ofertas Técnicas y Económicas 28/11 /2025 11 :00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 18 · Reglamento 416-23, art. 96 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 18
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
Reglamento 416-23, artículo 96 — Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales
Artículo 96. Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas nacionales deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse en un mínimo de dos (2) periódicos de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos. 3. Publicarse con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de oferta.
El pliego declara confidenciales tanto la información facilitada como la generada en la auditoría y prohíbe divulgar los documentos e informes sin consentimiento previo. La cláusula no distingue entre información legalmente reservada y resultados de una auditoría financiada con fondos públicos, por lo que conviene verificar cómo se concilia con el acceso público y la transparencia.
“Toda la información que sea facilitada a la firma de auditores, para dar inicio a los trabajos, así como la generada en el marco de su auditoria será de carácter confidencial … En igual sentido, no podrán ser divulgados los documentos e”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 1 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 1
ART. 1. La presente ley tiene por objeto establecer los principios y normas generales que rigen la contratación pública, relacionada con los bienes, obras, servicios y concesiones del Estado, así como las modalidades que dentro de cada especialidad puedan considerarse, por lo que el Sistema de Contratación Pública está integrado por estos principios, normas, órganos y procesos que rigen y son utilizados por los organismos públicos para adquirir bienes y servicios, contratar obras públicas y otorgar concesiones, así como sus Modalidades.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego prevé una penalidad del 5 % por cada día de retraso, sin indicar en esta cláusula un límite acumulado. Su aplicación podría crecer rápidamente; conviene verificar la proporcionalidad y la base de cálculo prevista para la ejecución contractual.
“En caso de mora por parte del PROVEEDOR en la ejecución de los servicios sin causa justificada, EL INDRHI podrá establecer una penalidad de un cinco por ciento (5 %) por cada día de retraso, aplicado al monto a pagar por el tiempo que no ha”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
FTA Consultores, S.R.L.El acta de adjudicación, según el resumen del expediente, adjudica el contrato conforme a la recomendación de la comisión evaluadora.
Adjudicado
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RD$5,770,000
Guzmán Tapia PKF, S.R.L.El acta de adjudicación la identifica como participante; el resultado de su evaluación no se consigna en la información proporcionada.
Mencionado
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Edilia Socorro Morales & Asociados, S.R.L.El acta de adjudicación la identifica como participante; el resultado de su evaluación no se consigna en la información proporcionada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona