El documento establece las condiciones para solicitar una propuesta por contratación directa de servicios de alfabetización digital con enfoque de género: ejecución de cuatro meses y vigencia contractual de doce meses desde la firma. Incluye requisitos documentales y técnicos, un anticipo del 20 %, pagos posteriores vinculados al plan y a los resultados, y exige presentar la garantía de fiel cumplimiento dentro de cinco días calendario de la notificación de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija cinco días calendario para presentar la garantía de fiel cumplimiento, mientras que el artículo 200 del Reglamento 416-23 establece cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación. La diferencia puede reducir el tiempo efectivo disponible para cumplir el requisito.
“Dentro de los 5 días calendario de notificada la adjudicación, el proveedor deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento de contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
El documento exige experiencia demostrable en el objeto o en proyectos comunitarios, pero no precisa en esta cláusula cómo se acreditará ni qué nivel mínimo se requiere. Conviene verificar cómo se aplicó este requisito para que su valoración fuera objetiva y uniforme.
“Experiencia demostrable en el objeto de contratación y/o proyectos comunitarios”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona