El Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Energía y Minas aprobó por unanimidad, el 10 de octubre de 2025, adjudicar el procedimiento MEM-CCC-CP-2025-0025 a G Por Tres Dominicana, SRL, por RD$4,838,000.00 con ITBIS incluido. El acta consigna que se evaluó la oferta económica del único oferente habilitado técnicamente y que la garantía de seriedad presentada ascendía a RD$50,000.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El resumen del pliego indica que el precio ofertado debía coincidir con el presupuesto base de RD$5,000,000.00; el acta adjudica RD$4,838,000.00, una diferencia de RD$162,000.00. La adjudicación concreta por debajo del monto indicado requiere comprobar si el pliego trataba ese importe como precio obligatorio o como presupuesto estimado.
“SEGUNDO: ADJUDICAR por unanimidad, el proceso por Comparacion de Precios Num. MEM-CCC-CP-2025-0025, para el "Servicio de taller externo para mantenimiento preventivo y correctivo de la flotilla vehicular del Ministerio de Energia y Minas", ”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El portal registra una oferta de Centro de Frenos David, SRL, por RD$4,250,000.00, mientras que el acta adjudica RD$4,838,000.00 y consigna que solo hubo un oferente habilitado. La diferencia es RD$588,000.00; la no habilitación técnica de la oferta menor podría explicarla, por lo que conviene contrastar esta adjudicación con la evaluación técnica.
“VISTA: El acta de comprobacion num. 50-2025, instrumentada por el notario publico Licdo. Russel Patricio Rodriguez, matricula del Colegio de Notarios num. 4839, en la que se establece que para este proceso se aperturo una (1) oferta del uni”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
G Por Tres Dominicana, SRLEl Comité acogió por unanimidad la recomendación de los peritos y adjudicó al oferente que el acta identifica como habilitado técnicamente.
Adjudicado
—
RD$4,838,000
Otros documentos del proceso (21)
Solicitud.pdfSolicitud de compra · 8 sept de 2025 · 2 señales
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona