La ficha técnica define la renovación por 12 meses de la plataforma SaaS de mesa de ayuda, con 20 licencias técnicas adicionales para llegar a 30, y agrega soluciones de administración de endpoints y monitoreo de red. Exige instalación, capacitación y soporte por un año; fija la entrega de licencias dentro de 15 días laborables y pagos de 20 %, 30 % y 50 % por hitos. También requiere autorización como canal de la marca y tres referencias recientes de integraciones similares.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha formula el objetivo como una propuesta para renovar la plataforma existente y exige integración nativa con ManageEngine ServiceDesk Plus, además de acreditar la condición de socio y canal autorizado de la marca y presentar tres referencias recientes de integraciones similares. Estas condiciones pueden limitar la participación a proveedores vinculados con esa marca; conviene verificar la justificación técnica y la disponibilidad de alternativas equivalentes, especialmente al tratarse de un proceso por exclusividad según el portal.
“Se propone un oferente para renovar la plataforma ITSM actual bajo la modalidad SaaS por un período de 12 meses… La plataforma debe estar habilitada para integrarse de forma nativa con la plataforma ITSM "Sistema de Mesa de ayuda Manage Eng”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La ficha exige una certificación de canal autorizado con vigencia no mayor a 30 días y tres cartas de referencia también con vigencia de 30 días. Son requisitos que ameritan revisar su proporcionalidad y su relación directa con la ejecución del contrato, pues pueden restringir la cantidad de oferentes capaces de presentar propuesta.
“El oferente debe presentar carta o certificación que lo avale como socio de negocios y canal autorizado de la marca con una vigencia no mayor a 30 días. … El oferente debe presentar al menos tres (03) cartas de referencia de integración de ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona