El pliego establece las reglas de la Licitación Pública Nacional OPRET-CCC-LPN-2025-0007 para contratar, por dos años de ejecución más seis meses de cierre, el mantenimiento de generadores del Metro y del Teleférico. Fija un presupuesto base de RD$39,600,000, presentación de ofertas hasta el 25 de noviembre de 2025 y adjudicación prevista para el 23 de diciembre de 2025; el portal registra el proceso como desierto, pero este pliego no adjudica ni habilita oferentes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma fija una validez de 90 días, pero el pliego también establece que las ofertas estarán vigentes hasta el 19 de enero de 2026; desde el cierre del 25 de noviembre, 90 días llevarían aproximadamente al 23 de febrero de 2026. Además, la garantía se exige por 20 días después de la firma prevista para el 16 de enero, pero se fija su vigencia hasta el 19 de enero, lo que puede dejar incierto el período de cobertura.
“Plazo de validez de las ofertas 90 Días … Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el día diecinueve (19) mes de enero del año 2026”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El pliego asigna puntuación a certificaciones de experiencia del personal en actividades ferroviarias relacionadas con el objeto, aunque el servicio descrito consiste en mantenimiento de grupos electrógenos. Conviene verificar que esa experiencia específica sea proporcional y esté vinculada con las tareas técnicas requeridas, pues puede diferenciar ofertas más allá de la experiencia en mantenimiento de generación eléctrica.
“Experiencia profesional del Personal Propuesto (SNCC.D.048 - SNCC.D.045) y certificaciones que acrediten experiencia en actividades ferroviarias relacionadas con el objeto y contenidos de los Servicios”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La evaluación técnica, con 100 puntos y un mínimo de 80 para habilitar la oferta económica, incluye valoraciones como describir el trabajo de forma «extensa», «general» o «regular» y acreditar un conocimiento «correcto» o «suficiente». La formulación deja margen de interpretación en criterios que pueden incidir en la habilitación y en la puntuación.
“La metodología presentada, incluyendo los Planes de Gestión, describe en forma extensa y detallada el trabajo a realizar, así como las metodologías y procesos considerados al respecto, de manera que se evidencie la seguridad de obtención de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación
Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…
Oferentes que registra (3)
3 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Grupo Domati Electric, SRLEl portal registra la oferta como cargada/en tratamiento; el pliego no determina su habilitación ni resultado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona