Autorización anterior a la emisión del certificado presupuestario
· hace 1 año
El acta autoriza el procedimiento el 8 de octubre de 2025 y afirma que se comprobó la disponibilidad de fondos; según el resumen del expediente, el certificado de apropiación presupuestaria por RD$11,437,032 fue emitido el 10 de octubre. La secuencia merece verificarse frente al requisito reglamentario de contar con certificación antes de iniciar o convocar el procedimiento.
“CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la documentación presentada ante los Miembros del Comité y comprobada la disponibilidad de fondos procede la presente autorización, del Comité de compras y contrataciones a los fines.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →