El Acta núm. 773-2025, de fecha 2025-10-09, aprueba la recomendación y adjudica a Solutions 24/7 M&A, SRL, 10,000 pares de botas tácticas marca RANGERS por RD$66,000,000. El acta afirma que fue la única oferta presentada, aunque el portal registra cinco ofertas; además, el portal fecha el contrato el 2025-10-06, antes de la adjudicación consignada en el acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta basa la adjudicación en que fue la única oferta presentada, mientras que el portal registra ofertas de cinco empresas. Los estados del portal figuran como pendientes, por lo que conviene reconciliar si fueron ofertas efectivamente recibidas y abiertas o registros no actualizados; el reglamento permite adjudicar directamente si solo hay un oferente conectado a la puja.
“Aprobar la ADJUDICACIÓN, de la empresa detallada más abajo, por ser la única oferta presentada y ajustarse a los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta la calidad e idoneidad de la oferta, el precio y demás condiciones de ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
Según el portal, el contrato de Solutions 24/7 M&A, SRL, por RD$66,000,000, fue confirmado y enviado el 2025-10-06; el acta consigna la aprobación de la adjudicación el 2025-10-09. Debe verificarse si la fecha del portal corresponde a la formalización o notificación contractual, o a un registro previo a la adjudicación.
“SEGUNDO: Aprobar la ADJUDICACIÓN, de la empresa detallada más abajo, por ser la única oferta presentada y ajustarse a los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta la calidad e idoneidad de la oferta, el precio y demás condic”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta adjudica el suministro de botas a Solutions 24/7 M&A, SRL. Según la consulta de DGII del 2026-09-27, posterior al proceso, su actividad registrada es servicios de publicidad; el portal indica que está inscrita en el RPE en el rubro de bienes. Es un dato para verificar su capacidad y experiencia al momento de ofertar, no prueba por sí solo que careciera de ellas.
“SOLUTIONS 24/7 M&A, SRL., RNC , RPE 59479”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Oferentes que registra (5)
4 mencionado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Solutions 24/7 M&A, SRLEl acta aprueba la adjudicación por 10,000 pares de botas tácticas marca RANGERS.
Adjudicado
—
RD$66,000,000
Galusa Import, SRLEl portal registra una oferta cargada por RD$65,749,600; el acta no la menciona y afirma que se presentó una sola oferta.
Mencionado
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RD$65,749,600
Arsenal Dominicana, SRLEl portal registra una oferta cargada por RD$66,050,000; el acta no la menciona y afirma que se presentó una sola oferta.
Mencionado
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RD$66,050,000
VH Office Supply, SRLEl portal registra una oferta cargada por RD$66,080,000; el acta no la menciona y afirma que se presentó una sola oferta.
Mencionado
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RD$66,080,000
Inversiones Yang, SRLEl portal registra una oferta cargada por RD$66,157,998; el acta no la menciona y afirma que se presentó una sola oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona