Período certificado anterior a la convocatoria
· hace 1 año
La certificación cubre el período julio-septiembre de 2025, mientras que la convocatoria del proceso fue el 9 de octubre. Conviene verificar que la apropiación seguía disponible y cubría el compromiso posterior; el documento no establece que los fondos fueran insuficientes.
“Que este Departamento de Presupuesto, cuenta con la debida apropiación de fondos dentro del presupuesto del presente año (2025) para el período JULIO-SEPTIEMBRE a fin de cumplir con la contratación que se especifica a continuación:”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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