miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO_PARA_ADQUISICION_DE INSUMO DE ROTULACION..pdf

ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE ROTULACION DE VEHICULOS DE EMERGENCIA Y ATENCION. · Industria Militar Dominicana, S.A.

Publicado el 8 oct de 202540 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGIMFFAA-CCC-SI-2025-0009

Lo que dice

El pliego de septiembre de 2025 establece una subasta inversa electrónica para adquirir 949 yardas de material reflectivo amarillo-limón y 540 yardas de material blanco, con un valor estimado total de RD$8,074,563. Fija una puja de 15 minutos, un rango mínimo de mejora del 1% y entrega dentro de diez días hábiles desde la suscripción del contrato. También exige, entre otros requisitos, acreditar experiencia, solvencia financiera y disponibilidad de al menos el 30% de los bienes.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de firma contractual superior al máximo reglamentario

Documento del 8 oct 2025 · hace 1 año

El pliego permite suscribir el contrato hasta 30 días hábiles después de la notificación de la adjudicación. El artículo 164 del Reglamento 416-23 fija un máximo de 20 días hábiles desde esa notificación.

“El contrato entre el Dirección General de la Industria Militar de las Fuerzas Armadas (DGIMFFAA) y el (la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego, el cual no deberá se”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de experiencia y stock que pueden limitar la concurrencia

Documento del 8 oct 2025 · hace 1 año

Se exige experiencia en suministros al Estado, tres certificaciones de despachos y disponibilidad previa de al menos el 30% de los bienes para validación, además de muestras con resultados de pruebas de laboratorio. Conviene verificar que estos requisitos sean proporcionales al objeto y no limiten irrazonablemente la participación.

“Esta experiencia deberá ser validada mediante, al menos, tres (3) certificaciones emitidas por las entidades a las que se hayan realizado los despachos.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Inscripción previa en el RPE exigida como condición de participación

Documento del 8 oct 2025 · hace 1 año

El pliego exige estar previamente inscrito en el RPE. El artículo 16 del Reglamento 416-23 permite presentar la solicitud de inscripción junto con la oferta y formalizarla durante el período de subsanación; la exigencia previa podría excluir a interesados que recurran a esa alternativa reglamentaria.

“a) Estar previamente inscrito en el Registro de Proveedores del Estado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 16 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 16 — De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado

Artículo 16. De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Las personas físicas o jurídicas interesadas en hacer ofertas de bienes, servicios, y ejecución de obras, deberán estar inscritas en el correspondiente registro o, conjuntamente con la entrega de su oferta, presentarán copia de la solicitud de inscripción, la cual deberá formalizarse durante el período de subsanación de las ofertas técnicas. Párrafo I. Podrán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado, personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras, consorcios conformados por personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, asociaciones sin fines de lucro y cooperativas, así como otras personas…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Umbrales financieros con límites coincidentes y clasificación ambigua

Documento del 8 oct 2025 · hace 1 año

Para solvencia, el pliego indica que el índice debe ser mayor que 1.20, pero también declara cumplimiento cuando es igual o mayor a 1.20 y no cumplimiento cuando es menor o igual. Para liquidez ocurre una coincidencia equivalente en 0.9, por lo que el resultado para ofertas justo en esos límites queda indeterminado.

“Límite establecido: Mayor 1.20 Mayor o igual que ≥ 1.20 (Cumple) Menor que ≤ 1.20 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

ContextoHallazgo en documentos

Actividad y rubros actuales del adjudicatario ameritan verificación

Documento del 8 oct 2025 · hace 1 año

El pliego exige que el rubro del RPE coincida con el objeto contractual. Según la consulta aportada, el RPE de Emobit Digital, SRL figura actualmente en rubros de servicios y la DGII registra actividades de radiodifusión por internet; esos datos son posteriores al proceso y no acreditan su situación al ofertar, por lo que conviene verificar el rubro vigente al momento de la evaluación y adjudicación.

“Elegibilidad: Que el Proponente está legalmente autorizado para comercializar con el Estado Dominicano y el Rubro presentado en su RPE coincida con el objeto contractual de este proceso.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (19)

  • 1_acto_de_aprobacion_del_procedimiento[1].pdfInforme pericial · 8 oct de 2025 · 2 señales
  • 2 dictamenjuridico.pdfDictamen · 8 oct de 2025
  • 3 acto de aprobaciondel pliego.pdfPliego · 8 oct de 2025
  • Solicitud de Compra..pdfSolicitud de compra · 8 oct de 2025 · 1 señal
  • For. debida diligencia.docxDebida diligencia · 8 oct de 2025
  • Modelo de contrato de bienes.docxContrato · 8 oct de 2025
  • Registro de Participantes.docxDocumento · 8 oct de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 8 oct de 2025
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 8 oct de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 8 oct de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 8 oct de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
SNCC_F042_Informacion_Oferente.docx
Documento · 8 oct de 2025
  • contrato-ejecucion-de-bienes.docxEnmienda · 15 oct de 2025
  • Enmienda 0001.pdfEnmienda · 15 oct de 2025 · 1 señal
  • 5.- ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 28 oct de 2025 · 2 señales
  • 5.- ACTA DE ADJUDICACION ROTULACION (2).pdfActa de adjudicación · —
  • 5.- ACTA DE ADJUDICACION ROTULACION (2).pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Compras_7/11/2025_1_47 p.m..PdfDocumento · —