El acta CC-2025-0331, de fecha 2025-10-13, aprueba el informe definitivo de evaluación y adjudica a Smartraveling Group, SRL el servicio para 35 participantes en el XV Congreso Internacional de Dirección de Proyectos, por RD$3,444,480. El monto adjudicado supera en RD$263,940 el monto estimado de RD$3,180,540 que registra el portal. El portal registra el contrato por el monto adjudicado con fecha 2025-10-07, anterior a la fecha de adjudicación consignada en el acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (17 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra el contrato de RD$3,444,480 como confirmado y enviado el 2025-10-07, mientras que esta acta adjudica el 2025-10-13. Conviene verificar si la fecha del portal corresponde a la formalización contractual, pues el reglamento sitúa la firma del contrato después de la notificación de la adjudicación.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, siendo las 10:30 a.m., el día trece (13) del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025), se realizó la sesión del Comité de Compras y…” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta adjudica RD$3,444,480, frente al monto estimado de RD$3,180,540 registrado en el portal: una diferencia de RD$263,940, aproximadamente 8.3%. El acta califica la oferta como conveniente, pero no explica en el texto la diferencia respecto del estimado; el informe pericial citado podría contener el análisis de razonabilidad del precio.
“ADJUDICAR al oferente SMARTRAVELING GROUP SRL, por ser la oferta más conveniente para la institución por un valor de TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$3,444,480.00)” (pág. 8, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona