Cita reglamentaria incorrecta para justificar proveedor único
· hace 1 año
El informe atribuye el fundamento del proveedor único al artículo 6, numeral 5, del Reglamento 416-23. En ese reglamento, el artículo 6 trata de documentos estandarizados; el proveedor único aparece en el artículo 46, numeral 5, y su procedimiento se regula en el artículo 57. Conviene verificar la corrección de la fundamentación normativa del informe.
“Por tanto, el procedimiento recomendado es la Contratación por Proveedor Único, conforme a los criterios establecidos en el artículo 6 numeral 5 del Reglamento de Aplicación de la Ley 340-06.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
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