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Abriendo la ficha…

Pliego

pliego pdf cp-2025-0028.pdf

CONSTRUCCION DE PUENTE TIPO CAJON Y COLOCACION DE TUBERIAS RIC LOB EN LA C/ CARIDAD ENTRE LA C/15 Y LA C/13 AL LADO DEL COLMADO STEPHANIE, EN EL SECTOR SAVICA, EN LA REGION SUR I. · Ayuntamiento Municipal de Los Alcarrizos

Publicado el 2 oct de 202545 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AYUNT LOS ALCARRIZOS-CCC-CP-2025-0028

Lo que dice

El pliego fija las condiciones para una comparación de precios de obras, con presupuesto base de RD$6,222,294.90, impuestos incluidos, y un plazo de ejecución de tres meses. Establece evaluación cumple/no cumple y adjudicación al menor precio económico, pero incluye criterios financieros y técnicos con formulaciones contradictorias o incompletas que pueden afectar la preparación y evaluación de las ofertas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.2 millones

El umbral de precio alto se describe como oferta anormalmente baja

Documento del 2 oct 2025 · hace 1 año

El pliego califica como no sustentable o temeraria una oferta que supere el presupuesto en más de 10%, aunque a la vez la describe como anormalmente baja. La regla puede afectar la admisión económica y no distingue correctamente entre una oferta alta y una baja.

“Si el precio de la oferta es superior en más de un 10% en relación con el presupuesto base o valor referencial del lote o ítem, o del presupuesto general si es un único lote, se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente b”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Se prohíben ofertas simultáneas por cualquier socio coincidente

Documento del 2 oct 2025 · hace 1 año

El pliego impide participar simultáneamente a empresas que coincidan en alguno de sus socios o accionistas, sin limitar la regla a consorcios ni describir un criterio de control común. Conviene revisar si la prohibición, aplicada de forma automática, restringe la participación de empresas jurídicamente distintas.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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A revisarHallazgo en documentos

La garantía de oferta se señala a favor de otra institución

Documento del 2 oct 2025 · hace 1 año

El pliego exige que la garantía de seriedad beneficie al Ejército de República Dominicana, aunque la entidad contratante identificada es el Ayuntamiento de Los Alcarrizos. Si se aplica literalmente, la garantía podría no proteger a la entidad contratante.

“3) En beneficio de Ejército de República Dominicana.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · Reglamento 416-23, art. 195 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

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Reglamento 416-23, artículo 195 — Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta

Artículo 195. Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. Es aquella que se constituye a favor del ente u órgano contratante, a fin de asegurar el mantenimiento y seriedad de las condiciones técnicas y precios de la propuesta presentada, hasta la suscripción del contrato. Párrafo. En los sorteos de obras, subasta inversa y en los procedimientos de excepción por selección directa no se solicitará presentación de garantía de mantenimiento de seriedad de la oferta. En los casos de emergencia nacional, las instituciones contratantes determinarán la razonabilidad de requerir o no este tipo de garantía, considerando el tiempo otorgado entre la convocatoria, la presentación de oferta y la…

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A revisarHallazgo en documentos

Las fórmulas de los índices financieros se contradicen

Documento del 2 oct 2025 · hace 1 año

La sección financiera presenta límites y condiciones de cumplimiento con desigualdades contradictorias; por ejemplo, el endeudamiento se define como menor que 1.50, pero luego asigna cumplimiento a una condición expresada como mayor que 1.50. Esto deja incierto cómo se habilitaría a los oferentes.

“c) Índice de endeudamiento = pasivo total/ patrimonio neto Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

Los requisitos de experiencia incluyen montos sin completar

Documento del 2 oct 2025 · hace 1 año

El pliego exige experiencia del personal con proyectos de montos aproximados expresados como «RD$XXX.X», sin fijar el umbral económico. También presenta una exigencia de experiencia mínima de dos años en una sección y de tres años para el responsable de obra en otra, lo que deja inciertos los requisitos de habilitación.

“3) Experiencia profesional del Personal Principal (SNCC.D.048), con el fin de acreditar experiencia mínima dos años debe incluir los montos de los proyectos. … experiencia acumulada en proyectos que representen tres (3) años ejecutando obra”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

ContextoHallazgo en documentosRD$6.2 millones

Se exige formación de posgrado para dos perfiles clave

Documento del 2 oct 2025 · hace 1 año

Para el responsable y el residente de obra, el pliego solicita título de grado y de postgrado en gestión de proyectos o similar. Dado el presupuesto base de RD$6,222,294.90, conviene verificar si esa exigencia para ambos perfiles guarda proporción con la complejidad y el valor de la obra.

“Copia simple o certificada del título académico que acredite estudios de grado en ingeniería o arquitectura y de postgrado en gestión de proyectos o similar.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

ContextoHallazgo en documentos

Criterio de integridad definido mediante ejemplo, sin evidencia exigible precisa

Documento del 2 oct 2025 · hace 1 año

La tabla de evaluación técnica incluye como habilitantes los criterios de sostenibilidad e integridad bajo la metodología cumple/no cumple. Para integridad, el pliego solo indica como evidencia un ejemplo («certificación… como, por ejemplo, ISO 37001»), lo que deja al criterio sin una definición exacta del documento exigible, aunque la tabla sí señala el documento a evaluar en cada caso.

“Demostración de que la empresa implementa prácticas de sostenibilidad, económica, social o medioambiental Certificaciones ambientales presentadas … Ejemplo: Presentar certificación que la empresa ha implementado un sistema de gestión anti s”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

Otros documentos del proceso (13)

  • REQUERIMIENTO CP-2025-0028.pdfSolicitud de compra · 2 oct de 2025
  • APROPIACION CP-2025-0028.pdfCertificación de fondos · 2 oct de 2025 · 1 señal
  • CONVOCATORIA CP-2025-0028.pdfDocumento · 2 oct de 2025
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  • PARTIDAS CP-2025-0028.xlsxDocumento · 2 oct de 2025
  • FICHA TECNICA CP-2025-0028.docxPliego · 2 oct de 2025
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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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acta de adjudicacion cp-2025-0028.pdf
Acta de adjudicación · 8 dic de 2025 · 2 señales
  • Informe final del portalDocumento · —